Resolución N° 5359/MCGC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 5359/MCGC/18
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2018
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 23831009--MGEYA-DGMUS-2018 y,
CONSIDERANDO:
Que de las actuaciones enunciadas en el visto surgen presuntas irregularidades
acaecidas a raíz de la presentación efectuada por la Agente C.B., quien refirió haber
sufrido presuntos hechos de violencia laboral propinados por el Agente D.T. ambos
pertenecientes a la Dirección General de Música dependiente de la Subsecretaria de
Gestión Cultural de este Ministerio de Cultura;
Que en razón de lo expresado por la presunta víctima mediante nota con firma
ológrafa obrante como IF-2018-23896336--DGMUS elevada a la Sra. Alejandra
Pafundo- Coordinadora de la Orquesta de Tango de Buenos Aires dependiente de la
Direción General de Música, el incidente habría ocurrido el día 16 de agosto de 2018
en la sede de la Orquesta del Tango de Buenos Aires, sita en Jufre 178 Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en la nota precitada C.B. manifestó haber sido agredida y maltratada con
improperios y gritos, durante la jornada laboral, por el agente D.T. en razón de haber
consignado en una planilla una entrada demorada;
Que C.B. también manifestó ser perseguida e insultada por el mismo agente;
Que mediante Nota, s/n°-OTBA-18 obrante en autos como Informe Gráfico IF-2018-
23896336DGMUS elevada al Dpto. Organismos Estables de la Dirección General de
Música, la Sra. Alejandra Pafundo admite haberle encomendado a la presunta
agredida las tareas de encargarse de las planillas diarias de presentismo y
puntualidad;
Que mediante informe IF-2018-23902781-DGMUS la máxima autoridad de ese nivel
se expidió manifestando que: ..."habiendo tomado conocimiento de los hechos
acaecidos el 16 de agosto de 2018...Se solicita su intervención para el inicio de un
Sumario Administrativo..." y elevó los actuados a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal de este Ministerio;
Que el artículo 1º del Decreto Nº 3360/08 establece que el procedimiento para aplicar
sanciones, salvo las excepciones y funcionarios competentes establecidos en la
reglamentación prevista por Decreto Nº 184/10, es el de la instrucción de un sumario,
que debe ser ordenado por un Ministro, Subsecretario (equivalente o superior) y se
instruye por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que es en virtud de lo previsto en el Art. 12 de la Ley Nº 1225 (t.c. Ley N° 5666)
"Desde el inicio y hasta la finalización del procedimiento sancionatorio, la autoridad
interviniente debe adoptar todos los recaudos necesarios que garanticen la
confidencialidad, discrecionalidad y el resguardo absoluto de la identidad de todos los
involucrados. La reserva de la identidad del damnificado se extiende aún después de
concluido el procedimiento" que se procede a identificar a las partes con sus iniciales,
sin indicación de cargos;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5454 - 11/09/2018

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