Resolución N° 532
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 11 de Mayo de 2015 |
CÓRDOBA, 18 de mayo de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 91 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCV - Nº 91
CORDOBA, (R.A.), LUNES 18 DE MAYO DE 2015
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SECCIÓN
LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Resolución N° 96 Córdoba, 15 de Mayo de 2015
VISTO: El Expediente Administrativo Nº 0385-00838/2015, en el cual se tramita la solicitud de continuidad para el año 2015 del
Programa “CÓRDOBA LEE”.-
Y CONSIDERANDO:
Que dicho Programa viene ejecutándose con resultados positivos desde el año 2008, en donde se inició como política de Estado.-
Que el referenciado consiste en brindar apoyo económico a las Bibliotecas Populares que se encuentran en la Provincia de
Córdoba, con el objetivo de propender dar apoyo y contención integral a dichas entidades, para garantizar a todos los ciudadanos
el derecho a acceder al consumo de bienes culturales, a la información, a enseñar y aprender, fomentando el hábito de la lectura,
además de incentivar el uso de técnicas aptas para la investigación y la consulta, como así también promover la difusión de la cultura
y educación permanente de los ciudadanos.-
Que tales fines se encuentran contemplados en la Ley Nacional N° 23.351 y en la Ley Provincial N° 8016, y han sido definidos como
objeto de esta Agencia Córdoba Cultura S.E. en el artículo 3º inc. o) del Anexo IV de la Ley N° 10.029.-
Que asimismo y a tenor de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 8016 “Las Bibliotecas Populares incorporadas al Servicio
Provincial, podrán recibir entre otros, los siguientes beneficios: a) Subsidios, préstamos y otros aportes que pueda disponer el
Gobierno Provincial. d) Asignación de recursos provenientes de Fondo Especial para Bibliotecas Populares de la Provincia de
Córdoba.”.-
Por ello, conforme la normativa citada y en uso de atribuciones que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
Artículo 1º CREASE para el año 2015 el Programa “CÓRDOBA LEE”, consistente en brindar apoyo económico a todas las
Bibliotecas Populares de la Provincia de Córdoba, a los fines de propender a un apoyo integral a dichas entidades culturales, para
garantizar a todos los ciudadanos el derecho al acceso de los bienes culturales, a la información, a enseñar y aprender, fomentando
el hábito de la lectura y demás técnicas aptas para la investigación, la consulta y como así también promover la difusión de la cultura
y educación permanente del pueblo, conforme fundamentos vertidos en los considerandos de la presente resolución.-
Articulo 2° LLAMAR a Convocatoria a todos los interesados para participar en el Programa Córdoba Lee – Edición 2015, de
conformidad a las pautas establecidas en el Anexo I, que se acompaña al presente instrumento legal como parte integrante del mismo.-
Artículo 3º IMPUTAR la suma de pesos Un Millón Cuatrocientos Mil ($ 1.400.000,00), previsto para la ejecución de este Programa,
a las siguientes partidas presupuestarias: - Jurisdicción 6.25 - Agencia Córdoba Cultura S.E., Programa 629 - Programa de Articulación
y Apoyo a la Producción y Realización Artístico Cultural, Partida Principal 06 - Transferencias para Erogaciones Corrientes, Partida
Parcial 06 - Transferencias al Sector Privado, Subparcial 08 - Transferencias a Otras Instituciones Culturales, Sociales, Educativas,
Sin fines de Lucro, del P.V.-
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, comuníquese, notifíquese y archívese.
ANEXO
http://goo.gl/6ZqJm7
Convocatoria 2015 - “Programa Córdoba Lee"
AB. GERALDINE BALBI
VOCAL
GUSTAVO TRIGUEROS
PRESIDENTE
AGENCIA CÓRDOBA
CULTURA
S
.
E
.
Resolución N° 532 Córdoba, 11 de Mayo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-106043/12 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasificación
por localización de la Escuela de Nivel Primario “DOMINGO
FAUSTINO SARMIENTO” de Saira -Departamento Marcos
Juárez-, (EE0730145) dependiente de la Dirección General de
Nivel Inicial y Primario, y la pertinente asignación de la bonificación
respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han
quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa
de aplicación para acceder a dicho beneficio, conforme con lo
previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su
Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta
instancia clasificar al mencionado establecimiento educativo en el
Grupo de localización correspondiente y, en consecuencia, otorgar
a su personal docente y no docente el respectivo porcentaje de
bonificación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 0366/15 del
Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 58 por la
Dirección de Coordinación de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE :
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización a la Escuela
de Nivel Primario “DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” de Saira
-Departamento Marcos Juárez-, (EE0730145) dependiente de la
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, a partir de la fecha de
la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese
concepto la bonificación del veinte por ciento (20%) a su personal
docente y del trece por ciento (13%) a su personal no docente,
conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N°
1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 354;
Partidas: Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02
“Personal No Permanente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de
Administración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
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