Resolucion Nº 53 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorAPROSS
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 87
CORDOBA, (R.A.), MARTES 3 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LA SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD,
REHABILITACIÓN E INCLUSIÓN
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- CATEGORIZASE la institución denominada CENTRO
EDUCATIVO TERAPEUTICO CON APOYO A LA INTEGRACIÓN ESCO-
LAR “INTEGRARTE” propiedad de la Lic. Romero, Rocío Melina- CUIT Nº
27-33371580-0, ubicado en Hipólito Irigoyen N° 146 de la localidad de Villa
Dolores - Provincia de Córdoba, CATEGORIA “B” DEFINITIVA para el Ser-
vicio Centro Educativo Terapéutico (Porcentaje obtenido: 72,88%), con un
cupo máximo de 26 beneciarios en jornada simple, turno mañana.
Artículo 2°.- NOTIFIQUESE al Representante Legal de la Institución,
por Secretaría de la Dirección de Discapacidad.
Artículo 3°.- INSCRIBASE en el Registro Provincial y Nacional de
Prestadores de Servicios para la Atención a Personas con Discapacidad
del Sistema Único.-
Artículo 4°.- PROTOCOLICESE, dése a la Dirección Nacional del
Registro Ocial, al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la
Persona con Discapacidad, a la Comisión Provincial del Discapacitado, co-
muníquese, publíquese en Boletín Ocial y Archívese.-
FDO: DRA. MARIA TERESA PUGA, SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD REHA-
BILITACIÓN E INCLUSIÓN
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
APROSS
Resolución N° 51
Córdoba, 6 de abril de 2016
VISTO: El Expediente N° 0088-102111/2014 de la Administración Pro-
vincial del Seguro de Salud (APROSS); Resolución N° 0199/15, y
CONSIDERANDO:
Que obra adjuntado al presente el informe pertinente propiciando se
actualice el valor del Coseguro (copago) de las Prestaciones de Salud
Mental- Rehabilitación de Adicciones.
Que corresponde resaltar la importancia de la participación económica
de los Aliados en el nanciamiento de cierto tipo de prestaciones, como
asimismo se pondera el impacto esperable en la respuesta asistencial, al
ajustar los valores de los Coseguros, que mejoran la retribución por las
prestaciones.
Que los Coseguros –copagos- integran el valor de las prestaciones,
encontrándose expresamente detallados en el Nomenclador Prestacional
APROSS, referidos a Salud Mental –Tratamiento de Rehabilitación de Adic-
ciones- Código 330201 al 330210.
Que es oportuno actualizar el valor establecido de los Coseguros de-
tallados en el Anexo Único de la presente Resolución, con vigencia a partir
del 1° de Abril de 2016, conforme fuera elaborado por la Sub Dirección de
Investigación y Desarrollo.
Que ha quedado establecido en los contratos vigentes la modalidad de
pago al Prestador y el detalle de las prestaciones que incluyen Coseguros
a n de propender a la participación del Beneciario en el equilibrio costo
benecio requerido para su nanciamiento.
Que el presente acto se dicta en virtud de las atribuciones conferidas
por el artículo 26 de la Ley N° 9277.
POR TODO ELLO
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
RESUELVE
Artículo 1º.- ACTUALIZASE –con vigencia a partir del día 1° de mayo
de 2016-, el valor de los COSEGUROS a cargo del Aliado de todas las
prestaciones de Salud Mental –Tratamiento de Rehabilitación de Adiccio-
nes- nominadas en el presente acto, conforme detalle que integra el ANE-
XO UNICO, en virtud de los considerandos expuestos precedentemente.
Artículo 2º.- DEJASE sin efecto toda norma y/o resolución que se
oponga al valor de los coseguros establecidos en el Anexo Único de la
presente.-
Artículo 3º.- INSTRUYASE al Área de Comunicaciones y al Departa-
mento de Proyectos Informáticos para que instrumenten lo dispuesto en el
presente acto.-
Artículo 4°.- FACULTASE a Sub Dirección de Administración a imputar
el egreso objeto de la actualización propiciada, al Ejercicio y Partidas que
legalmente se establezcan.
Artículo 5º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se en el Boletín Ocial y ARCHIVESE .-
FDO POR: CR. RAÚL GIGENA- PRESIDENTE / DR. CARLOS RICHARTE AGUIAR
– VICEPRESIDENTE / DR. HECTOR JOSÉ OJEDA – VOCAL / PROF. GRACIELA
FONTANESI – VOCAL / SR. WALTER VILLARREAL – VOCAL
ANEXO: http://goo.gl/0EHDa0
Resolución N° 53
Córdoba, 6 de abril de 2016
VISTO el Expediente Nº 0088-109069/2016 del Registro de la Adminis-
tración Provincial del Seguro de Salud (APROSS) y,
CONSIDERANDO
Que la Ley N° 9277, de Creación de la Administración Provincial del
Seguro de Salud (APROSS) a través de su artículo 6º inciso c) conrió
el carácter de aliados obligatorios directos a “…los integrantes de los
cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba que no sean

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