Resolución N° 527 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Marzo de 2017 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 44
CORDOBA, (R.A.), LUNES 6 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que es necesario crear mecanismos que agilicen los pagos a Muni-
cipios, Comunas y Comunidades Regionales destinados a obras de in-
fraestructura y adquisición de bienes de capital.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es
facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento
de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servi-
cios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de
su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista
técnico-contable en relación a la creación del Fondo Permanente re-
querido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Cré-
dito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción re-
quirente en el sentido que es necesaria la creación propiciada para el
correcto funcionamiento del Servicio.
Que la fuente de financiamiento del Fondo Permanente cuya crea-
ción se propicia está constituida por Recursos con afectación específi-
ca.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Di-
rección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 8 y de acuerdo con
lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al
Nº 29/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° CREAR el Fondo Permanente “F” –FONDO COMPLE-
MENTARIO ACUERDO FEDERAL (FOCOM)– del Ministerio de Gobierno
por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000.-),
sin límite para cada pago, del que será responsable el Titular del Servicio
Administrativo del citado Ministerio. Integra como Anexo I de la presente
Resolución, con una (1) foja útil, Formulario T2-Solicitud de Apertura, Mo-
dicación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, al
Servicio Administrativo del Ministerio de Gobierno y a Contaduría General
de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/vTUqb1
Resolución N° 16
Córdoba, 08 de febrero de 2017
VISTO: El expediente Nº 0165-131205/2017 por el que se tramita la amplia-
ción transitoria del Fondo Permanente “R” –ATENCIÓN DE SITUACIONES
DE DESASTRE-, de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley N° 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites.
Que conforme lo faculta la Resolución Ministerial N° 341/09, la Secre-
taría de Administración Financiera autorizó la ampliación transitoria solici-
tada para dicho Fondo Permanente mediante Memorandum N° 001/17.
Que lo actuado debe ser raticado a nivel ministerial, previo a la rendi-
ción de cuentas.
Que no existe objeción técnica a lo actuado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto en la Reso-
lución Ministerial N° 341/09, lo informado por la Dirección General de Te-
sorería y Crédito Público a fs. 13 y de acuerdo con lo dictaminado por la
Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 25/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º RATIFICAR la ampliación transitoria por PESOS VEINTE
MILLONES ($ 20.000.000) del Fondo Permanente “R” –ATENCIÓN DE
SITUACIONES DE DESASTRE-, de la Secretaría General de la Gober-
nación, autorizada mediante Memorandum N° 001/17 de la Secretaría de
Administración Financiera, el que como Anexo I con una (1) foja útil, for-
ma parte integrante de la presente Resolución y materializada mediante
Documento Único de Ejecución de Erogaciones Nº 6 – Intervención Nº
2 – Ejercicio 2017, emitido por el Servicio Administrativo de la Secretaría
General de la Gobernación que como Anexo II con una (1) foja útil, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Gene-
ral de Tesorería y Crédito Público y al Servicio Administrativo de Secretaría
General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/ciC3D8
Resolución N° 527
Córdoba, 29 de diciembre de 2016
VISTO: El expediente Nº 0025-063505/2016 en que se propicia ajustes en
la distribución de los Recursos Financieros asignados por el “Presupuesto
General de la Administración Pública Provincial”.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesaria la adecuación de los créditos de diversas es-
tructuras presupuestarias con motivo del cierre de ejercicio.
Que el Decreto Nº 150/04 faculta a este Ministerio a efectuar las ade-
cuaciones de montos, fuentes de nanciamiento, plazos, alcance y toda
otra que corresponda, en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan
de Inversiones Públicas, a los nes de reejar las modicaciones que se
dispongan durante su ejecución.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
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