Resolucion N° 525 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 91
CORDOBA, (R.A.), LUNES 15 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 525
Córdoba, 8 de mayo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0109-123984/15 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la Resolución N° 0215/16 de la Dirección General
de Educación Inicial, mediante la cual se propicia, ad referendum de autori-
dad competente, el ascenso de la Escuela de Nivel Inicial “JOSÉ MANUEL
ESTRADA” de Monte Buey, Departamento Marcos Juárez.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decreto N°
41009/A/38, Decreto-Ley N° 1910/E/57, Decretos N° 3999/E/67, 925/02, y
Resolución N° 46/01 de este Ministerio, encontrándose tal determinación
técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto corresponde en esta instancia la rati-
cación del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 0313/17, lo aconsejado a fs.
29 de la Dirección General de Asuntos Legales y en uso de atribuciones
conferidas por Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0215/16 de la Dirección General
de Educación Inicial, mediante la cual se propicia el ascenso de la Escuela
de Nivel Inicial “JOSÉ MANUEL ESTRADA” de Monte Buey, Departamen-
to Marcos Juárez, en los términos y condiciones que se consignan en la
misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como
Anexo I, compuesto de una (1) foja.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/jOJZmU
Resolución N° 524
Córdoba, 8 de mayo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0109-079230/2007, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 0214/16 emanada de la Dirección
General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso ad referendum de
la Superioridad, la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial “GENERAL
MANUEL BELGRANO” de la localidad de Río Tercero -Departamento Tercero
Arriba- y la promoción de la docente Marcela Raquel BLUA.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorpora-
das en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho,
pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídi-
co-formal-pedagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos N°
41009/A/38, y N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, encontrán-
dose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmadas en
la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la ratica-
ción en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Área Jurídica de este Ministerio con el N° 0368/17, lo aconsejado a fs. 153 por
la Dirección General de Asuntos Legales y en uso de atribuciones conferidas
por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 0214/16 emanada de la Dirección
General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso, la recategorización
de la Escuela de Nivel Inicial “GENERAL MANUEL BELGRANO” de la locali-
dad de Río Tercero -Departamento Tercero Arriba- y la promoción de la docente
Marcela Raquel BLUA (M.I. N° 17.456.616), en los términos y condiciones que
se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instru-
mento legal como Anexo, compuesto de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO: https://goo.gl/PaI6hD
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION

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