Resolución N° 522
Emisor | Dirección Provincial de Vialidad |
Fecha de la disposición | 14 de Mayo de 2018 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 89
CORDOBA, (R.A.) LUNES 14 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
4, ha sido adjudicado y contratado con la Empresa SACDE S.A.-CHINA
COMMUNICATIONS CONTRUCTION COMPANY LIMITED (CCCC)-UTE
la 1° Etapa y a la empresa SACDE S.A. la 2° Etapa. Que a fs. 22/23 el
Departamento I Conservación de Pavimentos expresa que las presentes
actuaciones contienen Póliza por Responsabilidad Civil N° 27801 de la
Compañía “BOSTON SEGUROS S.A.” con cobertura del Sistema Este y
Centro II(Primera Etapa) y Póliza de Seguro de Caución N° 68503 de la
Compañía “CREDITO Y CAUCIÓN S.A.” con cobertura del Sistema Este y
Centro II (Primera Etapa) y la Póliza de Seguro de Caución N° 435600 de la
Compañía “AFIANZADORA LATINOAMERICANA S.A.” con cobertura del
Sistema Este Zona 4 (Segunda Etapa). Se agrega a fs. 45 y subsiguientes
la Póliza por Responsabilidad Civil N°TRM1-00-108583 de la Compañía
“QBE SEGUROS S.A.” con cobertura del Sistema Regional Este , Zona 4,
Segunda Etapa. Que por Nota C.I. N° 036829 045 118, le Empresa SACDE
S.A. solicita autorización para realizar tendido subterráneo de Fibra Óptica
y Cañerías de Gas en Ruta Provincial t48-16, t48-17 y t314-19, Tramo: Deri-
vación PRP Río Primero – PRP Piquillín, correspondiente al Sistema Este,
Zona 4, 2° Etapa, (Plano DC05127), no existiendo objeciones que formular
para la realización de la obra. Que analizada la documentación presentada
en correlación a la Resolución citada, el mencionado Departamento Téc-
nico maniesta que de no mediar opinión en contrario, podría accederse
a lo peticionado bajo las condiciones expresadas en el mismo. Que obra
en autos constancia del importe correspondiente a Gastos de Inspección.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 469/18 que
luce en autos, señala que no tiene desde el punto de vista estrictamente
jurídico observación que exponer, por lo que de compartir el criterio seña-
lado, puede esa Superioridad, en atención a las facultades acordadas por
el Art. 5 inc. a) de la Ley N° 8555, autorizar con “carácter precario” a
la Secretaría de Desarrollo Energético del Ministerio de Agua, Ambiente y
Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba, a la Dirección General de
Energías Renovables y Comunicación y a la Empresa Distribuidora de Gas
del Centro S.A., a ejecutar los trabajos que dan cuenta estas actuaciones.
POR ELLO,
atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II
Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N° 8555 y las previ-
siones de la Resolución Nº 0133/01;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Autorizar, con carácter precario, a la Secretaría de Desa-
rrollo Energético del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos de
la Provincia de Córdoba; a la Dirección General de Energías Renovables y
Comunicación y a la Empresa Distribuidora de Gas del Centro S.A., a utili-
zar zona de camino, para que por su cuenta y cargo, proceda a la ejecución
de los trabajos correspondientes al tendido subterráneo de Fibra Óptica y
Cañerías de Gas en Ruta Provincial t48-16, t48-17 y t314-19, Tramo: Deri-
vación PRP Río Primero – PRP Piquillín, correspondiente al Sistema Este,
Zona 4, 2° Etapa, (Plano DC05127), bajo las condiciones establecidas en
la Resolución N° 0133/01 y las que a continuación se detallan:
a)Las obras se construirán de acuerdo a planos y especicaciones del
proyecto respectivo con una tapada mínima de 1,50 m. en los cruces de
ruta, arroyo y alcantarillas. El tendido paralelo se ejecutará a 2,00m. del
alambrado límite de zona de camino en vez de la ubicación propuesta.
b)La instalación que se ejecute a cielo abierto, el suelo de tapada se de-
berá compactar con equipos adecuados en capas no superiores a 0,20m.
de espesor y a una densidad igual al 95% del Ensayo Proctor corres-
pondiente a la Norma V.N-E.5-93, para posteriormente reponer en todas
sus características la vereda, y/o estructuras existentes, cordón cuneta y
cunetas de hormigón a sus condiciones actuales en un todo de acuerdo a
las especicaciones que establezca el Departamento I.-Conservación de
Pavimentos de esta Dirección. En los cruces de rutas pavimentadas, se
instalará la cañería a una profundidad mínima de 1.50 m. desde el fondo/
línea de escurrimiento de agua en cuneta, ejecutado en túnel con maqui-
naria apropiada desde sus respectivos pozos de ataque, éstos lo sucien-
temente alejados del pie de talud.
c)Al momento de la construcción del Gasoducto y F.O. y previo a su ins-
talación en los lugares donde existen obstáculos para la ubicación de los
conductos, cámaras, válvulas de bloqueo e instalaciones de supercie de
acuerdo a lo previsto en planos y memorias técnicas, la Secretaria de De-
sarrollo Energético del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía conjunta-
mente con la Dirección General de Energías Renovables y Comunicación
y la Empresa Distribuidora de Gas de Centro S.A. deberían presentar para
su aprobación y autorización de construcción un nuevo Plano General, Pla-
no de Detalles y Memoria Técnica que constituyan el proyecto modicato-
rio, complementario o aclaratorio para los sectores en cuestión.
d)Las condiciones establecidas en la Resolución N° 00954/2017.
Art. 2°.- El Departamento I Conservación de Pavimentos será el encar-
gado de solicitar a la contratista la prórroga de la Póliza por Responsabili-
dad Civil presentada, si fuese necesario.
Art. 3°.- Autorizar al Departamento I Administración y Personal a
devolver y/o ejecutar, nalizado el período de garantía, las pólizas que en
oportunidad de la solicitud fueran presentadas.
Art. 4°.- Dejar establecido que el Departamento I Conservación de
Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para
ser insertado en el inventario respectivo.
Art. 5°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
dése copia al Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y pase al
Departamento II Secretaría General.
FDO.: OSVALDO RUBEN VOTTERO, PRESIDENTE - HIPOLITO FAUSTINELI, VO-
CAL
Resolución N° 522
Córdoba, 10 de mayo de 2018
REF.: SECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS SOLICITA AUTORIZA-
CION CON PERMISO PRECARIO PARA REALIZAR TENDIDO PARALE-
LO EN CAMINOS PROVINCIALES S-428 Y T229-7.-
C.I. N° 035184 001 61 618.-
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Recursos
Hídricos, solicita autorización para realizar trabajos en zona de la Red Vial
Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra en informe obran-
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