Resolución N° 521

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 89
CORDOBA, (R.A.) LUNES 14 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 461/2018 que
luce en autos, señala que no tiene desde el punto jurídico objeción que
exponer, por lo que de compartir el criterio señalado, puede esa Superio-
ridad, en atención a las facultades acordadas por el Art. 5 inc. a) de la Ley
8555, prestar aprobación a lo solicitado y autorizar con “carácter precario” a
la Empresa Distribuidora del Gas del Centro S.A. a ejecutar los trabajos co-
rrespondientes al empalme sobre Ruta Provincial U-302 progresiva Km. 1,1
y Tendido Paralelo subterráneo en camino terciario Cno. al Carmelo entre
Prog. Km. 0,0 y Km. 0,772, para provisión de Gas Natural a DC 05061/777,
Barrio Ferreyra - Córdoba a través de la contratista RAM Construcciones
S.R.L., bajo las condiciones que enumera el Departamento Técnico en su
informe de fs. 37/38.
POR ELLO,
atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II
Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N° 8555 y las previ-
siones de la Resolución Nº 0133/01;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Autorizar, con carácter precario, a la Empresa Distribuidora del
Gas del Centro S.A., a utilizar zona de camino, para que por su cuenta y
cargo, proceda a ejecutar los trabajos correspondientes al empalme sobre
Ruta Provincial U-302 progresiva Km. 1,1 y Tendido Paralelo subterráneo
en camino terciario Cno. al Carmelo entre Prog. Km. 0,0 y Km. 0,772, para
provisión de Gas Natural a DC 05061/777, Barrio Ferreyra - Córdoba a
través de la contratista RAM Construcciones S.R.L., bajo las condiciones
establecidas en la Resolución N° 0133/01 y las que a continuación se de-
tallan:
a)Las obras se construirán de acuerdo a Planos y especicaciones de los
Proyectos respectivos.
b)Para el cruce se respetará una tapada mínima de 1,50 m. con respecto a
la cota de fondo de los canales existentes / línea de agua del cordón cuneta
existente, manteniéndose esta tapada en todo el ancho de zona de camino.
El cruce deberá realizarse con perforación a mecha, maquina tunelera o
similar, sin afectar calzadas ni banquinas. Los pozos de operaciones no
deberán afectar terraplenes y situarse de modo de dejar expeditas las ban-
quinas.
c)Los pozos, túneles y/o zanjas de operaciones deberán ser cercados y
señalizados para seguridad de los transeúntes.
d)Puesto que las obras se realizarán a cielo abierto, el suelo de tapada
se deberá compactar con equipos adecuados en capas no superiores a
0,20m. de espesor y a una densidad igual al 95% del Ensayo Proctor co-
rrespondiente a la Norma V.N-E.5-93, para posteriormente reponer en to-
das sus características las estructuras existentes, banquinas y/o veredas,
cordón cuneta y préstamos a sus condiciones actuales.
e)No podrán bajo ningún concepto alterarse las actuales condiciones de
drenaje supercial existente en la zona de camino.
f)Se deberá retirar todos los elementos sobrantes de obra, como así tam-
bién montículos de suelo u otro material que pudiera obstaculizar la limpie-
za y conservación de calzada y veredas.
g)Se deberá entregar al nalizar la obra dos Planos conforme a Obra y se
deberá dejar indicado in situ con algún indicador/mojón aprobado la ubica-
ción de las cañerías con su respectiva profundidad, como así también la
ubicación de las cámaras/válvulas/dispositivos.
h)Se deberá disponer en obra a n de evitar accidentes mientras se reali-
zan los trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada señalización diurna
y nocturna en un todo de acuerdo al Pliego General de Especicaciones
para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de seguridad.
i)No podrá interrumpirse el tránsito en ningún momento.
j)Los trabajos se ejecutarán a exclusiva cuenta y cargo de la recurrente,
quedando la Dirección Provincial de Vialidad liberada de toda responsabili-
dad por daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección misma.
k)Se comunicará a esta Dirección y con la debida anticipación, la fecha
de iniciación y nalización de las obras a n de realizar las inspecciones
correspondientes.
l)Cuando las necesidades de esta Dirección así lo requieran y a su exclu-
sivo juicio, la peticionante procederá a remover y/o retirar por su exclusiva
cuenta y cargo las instalaciones especicadas, dentro del plazo que a tal
n se establezca y renunciando a todo derecho que por cualquier concepto
pudiera corresponderle.
Art. 2°.- El Departamento I Conservación de Pavimentos será el
encargado de solicitar a la contratista la prórroga de la Póliza por Respon-
sabilidad Civil presentada, si fuese necesario.
Art. 3°.- Autorizar al Departamento I Administración y Personal a
devolver y/o ejecutar, nalizado el período de garantía, las pólizas que en
oportunidad de la solicitud fueran presentadas.
Art. 4°.- Dejar establecido que el Departamento I Conservación de
Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para
ser insertado en el inventario respectivo.
Art. 5°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
dése copia al Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento, y pase al
Departamento II Secretaría General.
FDO.: OSVALDO RUBEN VOTTERO, PRESIDENTE - HIPOLITO FAUSTINELI, VO-
CAL
Resolución N° 521
Córdoba, 10 de mayo de 2018
REF.: INSTALACIONES EN ZONA DE CAMINO DE RUTAS PROVINCIA-
LES – GASODUCTOS TRONCALES.- EXPEDIENTE N° 0045-019841/17
C.I. 036829 045 07 118
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la autorización
para realizar los trabajos de la referencia en zona de la Red Vial Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos en informe obrante
en autos, señala que la Dirección General de Planeamiento, Ejecución y
Gerenciamiento de Obras del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos de la Provincia, comunica que mediante Resolución N° 013/17
y 078/17 de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (Licita-
ción Pública Internacional N° 02/2017 y 17/2017 – Expediente N° 0632-
009177/2017 y N° 0632-010158/2017), y en el marco de la Obra “Ga-
soductos Troncales de la Provincia de Córdoba – Primera Etapa – Sistema
Regional Este y Centro II y Segunda Etapa Sistema Regional Este, Zona

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