Resolución N° 52/SECASE/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 52/SECASE/19
Buenos Aires, 30 de abril de 2019
VISTO: La Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por
el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según
Ley Nº 6.017), los Decretos Nros. 47/17 y 66/19, la Resolución N° 708/MJYSGC/17, la
Disposición Nº 41/DGARHS/2018, la Providencia N° 21170602/DGARHS/2017, los
Expedientes Nros. 09980032/SISCM/2017 y 19441370/SIPC/2018, y
CONSIDERANDO:
Que, por Expediente Nº 19441370/SIPC/2018 tramita el recurso jerárquico subsidiario
del de reconsideración interpuesto por el Inspector Julio César Ríos (L.P. 53.066 -
D.N.I. 16.437.672) contra los término de la Providencia Nº 21170602/DGARHS/2017,
obrante en el Expediente Nº 09980032/SISCM/2017, por la cual se desestimó el
reclamo mediante el cual solicita se reconsidere su liquidación de haberes y en
particular la incorporación del "Suplemento Residual por Antigüedad en Fuerza de
Origen";
Que, por Disposición Nº 41/DGARHS/2018 se desestimó el recurso de
reconsideración interpuesto, la cual fue debidamente notificada al recurrente el día 4
de diciembre de 2018;
Que, con fecha 25 de marzo de 2019 se le notificó al recurrente la posibilidad de
mejorar los fundamentos del recurso incoado dentro del plazo de cinco (5) días,
conforme los términos del Artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (texto consolidado según Ley Nº 6.017);
Que, cumplido el plazo legal citado y no habiendo el agente Ríos ampliado ni mejorado
los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por
reproducidos los fundamentos fácticos y jurídicos plasmados en la Disposición Nº
41/DGARHS/2018 que sirvieron de base para desestimar el recurso de
reconsideración deducido;
Que, toda vez que la composición de haberes de Policía de la Ciudad se efectuó de
conformidad con lo prescripto por la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N°
6.017) y el Decreto N° 47/17 y modificatorias, y que el encartado no resultó agraviado
al no sufrir menoscabo salarial, corresponde rechazar el presente recurso;
Que, a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la
Procuración General mediante Dictamen N° IF-2019-13408699-GCABA-DGSUM,
corresponde desestimar el recurso incoado;
Que, por el artículo 4° de la Resolución N° 708/MJYSGC/17 el Sr. Ministro de Justicia
y Seguridad delegó en la entonces Secretaría de Administración de Seguridad del
Ministerio de Justicia y Seguridad la resolución de los recursos jerárquicos
interpuestos contra procedimientos de calificaciones anuales, ascensos, liquidación de
haberes y suplementos, licencias, cambios de situación de revista, juntas médicas y
obra social;
Que por Decreto N° 66/19 se modificó la denominación de esta instancia por
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5609 - 03/05/2019

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