Resolución Nº 52 'A'

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 95
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 13 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 20 - Letra:A
Córdoba, 26 de Febrero de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-121530/2015, mediante el cual la En-
tidad Civil denominada “FUNDACION PROMOVER LA VIDA, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la
Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria de fecha 07
de Agosto de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria de fecha 07 de Agosto de 2015 por la Entidad Civil
denominada “FUNDACION PROMOVER LA VIDA, CUIT N° 30-71460921-
8, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual
se resolvió la Reforma del Estatuto Social, modicando los artículos 7, 8, 9,
12, 16, 18, 20 y 21, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-148, inc. d) 193
y 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las faculta-
des conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, modicando
los artículos 7, 8, 9, 12, 16, 18, 20 y 21, sancionada en Asamblea General
Extraordinaria de fecha 07 de Agosto de 2015 de la entidad civil “FUNDA-
CION PROMOVER LA VIDA” CUIT N° 30-71460921-8, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 166 ”A”/14 de fecha 20 de Mayo de 2014.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial de la Provincia, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fun-
daciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 470 - Letra:A
Córdoba, 13 de noviembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118584/2015, mediante el cual la Entidad
Civil denominada “FUNDACION CREAMOS”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las faculta-
des conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil deno-
minada “FUNDACION CREAMOS”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como
Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: AB. MARÍA ELENA PRESTI DANISI, DIRECTORA GENERAL DE INSPEC-
CIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 52 - Letra:A
Córdoba, 28 de marzo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-120549/2015 mediante el cual la Entidad
Civil denominada “FUNDACION ARGENTINA DE CIENCIAS FORENSES
Y CRIMINALISTICA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. a), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las faculta-
des conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil deno-
minada “FUNDACION ARGENTINA DE CIENCIAS FORENSES Y CRIMI-
NALISTICA, con asiento en la Ciudad de Córdoba , Provincia de Córdoba.-

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