Resolución Nº 74/2008

EmisorAdm. Prov. del Fondo
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2008

RESOLUCIÓN Nº 74/2008

Mendoza, 5 de septiembre de 2008

Asunto: Aprobación Modificación Montos a Financiar de la Línea de Crédito en pesos destinada a financiar Adquisición de Tractores, Maquinaria y/o Implementos Agrícolas.

Visto: La Ley Nº 6.071 (T.O.) y sus Decretos Reglamentarios;

El expediente 465-F-2004, caratulado: "Línea de Crédito para Adquisición de Tractores, Maquinaria e Implementos Agrícolas";

La Resolución Nº 11/2005 de la Administradora Provincial del Fondo, y;

CONSIDERANDO:

La necesidad de actualizar los montos a financiar para la adquisición de tractores, maquinarias y/o implementos agrícolas a los valores vigentes en plaza en la Provincia de Mendoza;

Que atento a ello esta Administradora considera conveniente modificar, en lo pertinente, la Línea de Crédito específica por la cual puedan atenderse debidamente las solicitudes de financiamiento;

Que atendiendo a las mejores condiciones crediticias que se implementan en la línea de crédito que por la presente se modifica, se considera conveniente que dichas condiciones beneficien también a aquellos postulantes cuyas propuestas se encuentren en análisis, siempre y cuando los mismos así lo soliciten;

Que resulta necesaria mantener la delegación de facultades efectuadas por este Órgano Colegiado a favor del Director Ejecutivo, a fin de que éste pueda intervenir válida y eficazmente en toda la tramitación e instrumentación de los créditos a otorgarse en el marco de la Línea de Crédito cuya modificación se aprueba a través de la presente Resolución.

Por lo expuesto:

LA ADMINISTRADORA

PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase la "Línea de Crédito destinada a financiar la adquisición de tractores, maquinaria y/o implementos agrícolas", y su reglamento de Condiciones Particulares, en su Capítulo 4 Condiciones del Financiamiento, cláusula 5 Monto A Financiar, que fueran aprobados por el artículo 1º de la Resolución 11/2005 en su Anexo VI, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"CAPITULO 4

Condiciones

del Financiamiento

5- Monto a Financiar

El monto a adjudicar a cada Postulante del crédito no podrá superar los siguientes valores:

No se aceptarán cambios en las unidades a adquirir una vez aprobado el financiamiento, salvo autorización expresa del Director Ejecutivo".

Artículo 2º

Modifícase la "Línea de Crédito destinada a financiar la adquisición de tractores, maquinaria y/o implementos...

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