Resolución Nº 517/GCABA/SSREGIC/16
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 24.205.648/2016, por el que se consulta respecto a las obras para la
puesta en valor y refuncionalización del edificio industrial desactivado, con los usos
"Centro de concentración logística; Oficina comercial y Oficina consultora", para el
predio sito en calle Morlote N° 852 /56/66/68, esquina Avenida Chorroarin N°
671/87/91/93, con una superficie total a habilitar de 2.872,55m2, de acuerdo a la
documentación obrante s/ RE-2016-24205623-DGROC del Orden N° 13, y
CONSIDERANDO:
Que se trata del predio que resulte del englobamiento de las parcelas 1 y 2e, las
cuales se hallarían emplazadas en un Distrito C3II (Parágrafo 5.4.2.3.b) sobre la
Avenida Chorroarin, y al Distrito E2 (Parágrafo 5.4.3.2) sobre la calle Morlote, según
Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, e inscripto dentro del polígono
afectado al "Distrito Audiovisual";
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, mediante Informe N° 26243556-DGIUR-2016, respecto de la normativa
vigente, informa que:
-
El Parágrafo 5.4.2.3 b) Distrito C3 II - Centro Local, establece:
... 1) Carácter: Son las zonas destinadas a la localización del equipamiento
administrativo, comercial, financiero e institucional, a escala barrial.
2) Delimitación: Según el Plano de Zonificación.
3) Subdivisión: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 3.
4) Tipología edilicia: Se permiten basamentos, edificios entre medianeras, edificios de
perímetro libre y edificios de perímetro semilibre de altura limitada.
Disposiciones particulares
a) Basamento Altura máxima: 5 m. por encima de la cota de la parcela.
Área edificable: Podrá ocupar la superficie de la parcela comprendida entre la L.E. y la
L.I.B., salvo lo dispuesto en el Cuadro de Usos N° 5.2.1.
b) Edificios entre medianeras Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la
Sección 4 de acuerdo con:
Avenidas o calles de ancho menor a 17,50 m:
Altura máxima = 15 m.
R = h/d = 2,4
Avenidas o calles de ancho igual o mayor a 17,50 m:
Altura máxima = 24 m.
R = h/d = 2...
-
El parágrafo 5.4.3.2) Distrito E2 - Equipamiento General (Ver I.O.), establece:
"...1) Carácter: Son zonas donde se localizan actividades que sirven a la ciudad en
general y que por sus características admiten la coexistencia restringida con el uso
residencial.
2)...
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