Resolución Nº 510/GCABA/MDEGC/15

FirmantesCabrera
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2015

VISTO:

La Ley N° 2.095 y su modificatoria, su Decreto Reglamentario N° 95/14, los Decretos

Nros. 45/10, 78/14,

307/15, 311/15, el Expediente Electrónico N°

32.727.388/DGTALMDE/15, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.095 y su modificatoria se establecieron las normas básicas que

contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de

bienes y servicios, y la regulación de las obligaciones y derechos que se derivan de los

mismos;

Que la precitada norma establece, en su Título Quinto, las disposiciones que resultan

aplicables a las concesiones de uso de los bienes del dominio público y privado del

Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en tal sentido, por el Decreto N° 45/10 se aprobó el Pliego de Bases y

Condiciones Generales para el otorgamiento de concesiones de uso de los bienes de

dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el procedimiento

de Licitación Pública y Subasta Pública;

Que por los Decretos Nros. 307/15 y 311/15, se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Particulares que regirán las Licitaciones Públicas para la concesión de

uso y explotación de diversos predios del dominio público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el artículo 2° de los Decretos referidos autoriza al Ministro de Desarrollo

Económico a delegar las facultades para aprobar el Pliego de Especificaciones

Técnicas de la Licitación Pública; la fijación del valor para la adquisición de los Pliegos;

realizar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares aclaratorias con y sin consulta

sobre la documentación de la Licitación; dictar los actos administrativos necesarios

para materializar la contratación previos a la adjudicación; adjudicar la concesión para

el uso y explotación; suscribir el pertinente contrato, así como dictar todos los actos

administrativos necesarios para el control del uso y de la explotación, y de la ejecución

del contrato; y, para el caso de corresponder, rescindir el contrato;

Que el Decreto N° 78/14 establece, entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General Concesiones, la de "entender en los procedimientos de subasta y

licitación pública de los bienes del dominio público de la...

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