Resolución N° 51-UPEJOL/18

EmisorMinisterio de Modernización, Innovación y Tecnología
Fecha de la disposición11 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 51/UPEJOL/18
Buenos Aires, 5 de abril de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario Nº
326-GCABA/17, y el Expediente Electrónico Nº 7.632.069/MGEYA-UPEJOL/2018, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita el Concurso Público N° 2-
UCCUPEJOL/18, al amparo de lo establecido en los artículos 27, 31, primera parte del
articulo 32 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y
el Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17, para la "Contratación de la Creación,
diseño y realización de la Propuesta Artística para la Ceremonia de Apertura de los
Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018";
Que el encuadre legal de la contratación se justifica en la especialidad del objeto y el
criterio de selección del cocontratista, el cual recae específicamente en la creación y
diseño artístico del concursante, convocándose a un mercado especial dentro del
rubro correspondiente teniendo en cuenta la valoración del objeto que se contrata;
Que, se trata del evento más importante de los Juegos Olímpicos de la Juventud
Buenos Aires 2018, ya que constituye la apertura de los mismos, se televisa a nivel
mundial y participarán de él todos los involucrados en los Juegos, invitados especiales
para la ocasión y la propia comunidad local;
Que el evento cuya idea, creación y producción artística se contrata, marca el inicio de
los Juegos por lo que el éxito de la ceremonia de apertura también condiciona la
imagen de los mismos tanto a nivel nacional como mundial, establece su estilo y
fuerza y es la presentación de la ciudad y el país al mundo, su gente y su cultura,
tratándose de una ceremonia que refleja tanto la tradición y los valores del olimpismo,
como los valores locales;
Que, en el caso de Buenos Aires 2018, la ceremonia de apertura será un evento
gratuito y abierto a la comunidad realizado en la calle como espacio público de
celebración, estimándose una convocatoria promedio de doscientas cincuenta mil
(250.000) personas en el Obelisco, entre las cuales se encuentran atletas, oficiales
que acompañan a los atletas, funcionarios y dignatarios locales e internacionales,
Jefes de Estado, presidentes de los Comités Olímpicos, prensa, invitados especiales y
público en general, en un espectáculo artístico participativo y memorable que dé inicio
a los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018;
Que, asimismo, se trata del evento más esperado de los Juegos Olímpicos en general
en toda su historia, con un altísimo nivel de expectativa por parte de las audiencias
locales e internacionales, representando el único espectáculo que está a las alturas de
los mundiales de fútbol en cuanto a repercusión y llegada masiva, esperándose una
enorme difusión mediática;
Que en virtud de la trascendencia internacional que tendrán los Juegos Olímpicos de
la Juventud Buenos Aires 2018 y la responsabilidad que ello conlleva, el evento
deberá contar con los estándares exigidos para un acontecimiento de tal envergadura,
lo cual exige cumplir en tiempo y forma con todas las obligaciones que ha asumido el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5351 - 11/04/2018

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