Resolución N° 51 - Letra:A

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición28 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 120
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 28 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
CIVIL UN LITRO SOLIDARIO POR MES ALTA GRACIA, con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como
Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “ ASO-
CIACIÓN CIVIL UN LITRO SOLIDARIO POR MES ALTA GRACIA
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de
la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, y archívese.
FDO: VERONICA GABRIELA SANZ
Resolución N° 50 - Letra:A
Córdoba, 15 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente N° 0007-135174/2017 ante el cual la entidad civil denomina-
da “FUNDACIÓN AMBIENTAR PROCESOS HUMANOS” con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización
estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha
vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales exi-
gidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b) y d)
169,174 193 y 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACIÓN AM-
BIENTAR PROCESOS HUMANOS”, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “FUN-
DACIÓN AMBIENTAR PROCESOS HUMANOS”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de
la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, y archívese.
FDO: VERONICA GABRIELA SANZ
Resolución N° 51 - Letra:A
Córdoba,15 de marzo de 2018
VISTO: El Expediente N° 0007-136464/2017 ante el cual la entidad civil
denominada “ARBITRAR ASOCIACIÓN CIVIL ” con domicilio social en la
Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal
para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-, 169,174
193 y 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las fa-
cultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ ARBITRAR ASO-
CIACIÓN CIVIL ”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, Repúbli-
ca Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad ” ARBITRAR ASO-
CIACIÓN CIVIL ”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de
la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, y archívese.
FDO: VERONICA GABRIELA SANZ

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