Resolución Nº 51

EmisorSecretaría de Transporte
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 91
CORDOBA, (R.A.), LUNES 9 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ayuda directa en base a los relevamientos realizados por las áreas compe-
tentes, será determinada por la Dirección General de Administración de la
Secretaría General de la Gobernación, tomando para ello las mediciones,
informes y toda información relacionada a la evolución de los precios ela-
borada por la Dirección General de Estadísticas y Censos y el Ministerio de
Industria, Comercio y Minería.
Por ello, conforme lo dispuesto por el artículo 8° del Decreto 1936/2015
raticado por Ley N° 10.336 y en uso de sus atribuciones;
LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1°IMPLEMÉNTASE el “Procedimiento para el otorgamiento
de ayudas directa a Comercios, Servicios e Industrias - Atención de Situa-
ciones de Desastre”, creado por Decreto N° 1936/2015, que como Anexo I,
de siete (07) fojas útiles, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º DÉSE INTERVENCIÓN al Ministerio de Industria, Comer-
cio y Minería a efectos de la designación de los equipos técnicos de rele-
vamiento y equipos técnicos de inspección que intervendrán en cada una
de las situaciones de desastre declaradas por el Poder Ejecutivo.
Artículo 3º ESTABLÉCESE que la cuanticación de los importes a
entregarse en concepto de ayuda directa para damnicados será determi-
nada por la Dirección General de Administración de la Secretaría General
de la Gobernación, conforme lo establecido en los considerandos de la
presente Resolución.
Artículo 5º PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial, comu-
níquese, y archívese.
ANEXO: http://goo.gl/0NSxLM
FDO: CRA. SILVINA RIVERO – SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 51
Córdoba, 06 de mayo de 2016
VISTO: El Expediente N° 0048-002166/2016 por el que se propicia
la homologación del cuadro tarifario establecido en el Anexo I del ACTA
ACUERDO TARIFA ORIENTATIVA COSECHA 2016 DEL MANÍ, de fecha
catorce de Abril del corriente año.
Y CONSIDERANDO:
Que en autos obra nota elaborada por la Dirección General de Trans-
porte de Cargas, a través de la cual solicita se homologue el cuadro tari-
fario acordado por los más importantes dadores de carga del maní y auto-
ridades de la Federación Cordobesa del Transpor te Automotor de Cargas
(FE.CO.T.A.C.)
Que en este sentido se expresa que, durante las diferentes negociacio-
nes al respecto, ha quedado claro y formalmente asentado que la Secre-
taría de Transporte de la Provincia y la Dirección General de Transporte de
Cargas, como Autoridad de Aplicación, no resultan responsables respecto
a cualquier incumplimiento de las Tarifas ya acordadas entre las partes
(Dadores de Cargas y Transportistas).
Que a su vez se subraya que, en las diferentes instancias de negociación
participaron activamente todas las instituciones del sector, asistiendo a las
reuniones a través de sus respectivos representantes, presentando sus
puntos de vista con total normalidad y libertad de expresión, concluyéndo-
se en el Cuadro Tarifario, que obra como Anexo I del Acta Acuerdo de fecha
14 de Abril de 2016.
Que por ende, los responsables del cumplimiento de la Tarifa Orientativa
del Transporte de Carga de Maní 2016, son los mismos Dadores de Cargas
y Transportistas que rmaron la mencionada Acta.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y lo dictaminado bajo el N°
0526/2016, en uso de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- HOMOLÓGASE el Cuadro Tarifario orientativo para el au-
totransporte de maní en la Provincia de Córdoba 2016, conforme lo acor-
dado en el Acta Acuerdo de fecha 14 de Abril del año dos mil dieciséis,
que como Anexo I, compuesto de CUATRO (4) fojas útiles, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese y archívese.
ANEXO: http://goo.gl/qRdUlh
FDO: LIC. GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE
DIRECCION GENERAL DE TESORERÍA Y
CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 10
Córdoba, 06 de mayo de 2016
VISTO: La Resolución 009/16 de esta Dirección General de Tesorería
y Créditos Públicos.
Y CONSIDERANDO:
Que la misma contiene un error material que es necesario corregir de ma-
nera urgente.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
I) CORREGIR el artículo II de la Resolución 009/16 de la siguiente manera:
Donde dice: “…del Anexo A –Compendio Normativo de la Secretaría de

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