Resolución N° 507/AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 507/AGC/18
Buenos Aires, 4 de septiembre de 2018
VISTO:
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510 de 1997 (texto consolidado por Ley N°
5.666), el Expediente N° 1465084/13, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de habilitación
efectuada por el Sr. Pablo Daniel Carrio respecto del local sito en la calle 3 de Febrero
N° 1130, Planta Baja, de esta Ciudad, para desarrollar los rubros: Casa de Comidas
Rotisería (602.040);
Que a través de la Disposición Nº 4442-DGHP/2017 la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud por no haberse subsanado en
tiempo y forma las observaciones oportunamente efectuadas, de conformidad a lo
establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 93-GCBA/06, siendo el administrado
notificado conforme cédula obrante a nº de fs. 57;
Que mediante la Presentación Agregar N° 001(fs. 63/72), el solicitante interpuso
Recurso de Reconsideración y adjuntó documentación;
Que través de la Disposición 1025-DGHP/18, la Dirección General Habilitaciones y
Permisos desestimó dicho recurso "toda vez que no cumplió con las observaciones
previamente notificadas", siendo el administrado notificado mediante cédula conforme
nº de fs. 80;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos
previstos por el Artículo 111° y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510-GCBA/97;
Que la recurrente no ha presentado ampliación de fundamentos o escrito alguno,
conteniendo ningún elemento distinto o novedoso, respecto de los ya obrantes en
estos actuados al momento de dictarse la Disposición Nº 1025-DGHP/18, por lo que
los agravios consignados no presentan elementos investidos de entidad suficiente
para cambiar el criterio adoptado por la Administración Activa al momento de dictar el
acto actualmente en crisis;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2018-22724969-DGAIP opinando que "deberá desestimarse el recurso jerárquico
ínsito (...)".
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5452 - 07/09/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR