Resolución N° 502 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Mayo de 2022
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2022
JUEVES 19 DE MAYO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 102
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 502 ..................................................................Pag. 1
Resolución N° 508 ..................................................................Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 257 ..................................................................Pag. 2
Resolución N° 258 ..................................................................Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 168 ..................................................................Pag. 3
Resolución N° 169 ..................................................................Pag. 4
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 502
Córdoba, 11 de mayo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0723-142699/2018, del Registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación de
una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en B° Irupé -Departa-
mento Capital, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación
Inicial, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que funcio-
naban como Anexo a la Escuela de Nivel Inicial “ERNESTO BANCALARI”
en la misma Ciudad, dependiente de la mencionada Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio edu-
cativo en el sector en cuestión y su zona de inuencia, de los que surge
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza, en el mismo, dentro del
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 0057/20, emanada de la citada Dirección General,
se ha dispuesto -ad referéndum de la superioridad- la desanexación del
servicio en cuestión, como así también se impulsa la creación del mismo.
Que obra en autos la Resolución N° 201/2019 de la Inspección General de
la citada Dirección General, otorgando un (1) cargo de Director Escuela
Primaria de Tercera del Presupuesto General de la Provincia en vigencia,
necesario para el funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio edu-
cativo desarrollará sus actividades en un edicio propio (fs. 5 y fs. 8).
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a la fac-
tibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura, debe
concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal medida en
esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6° de la Ley N° 9870.
Por ello, la normativa citada, el Dictamen N° 997/2021 del Área Jurídica
de este Ministerio lo aconsejando a fs. 31 por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales y en uso de atribuciones conferidas por Decreto N°
556/2016,
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I O N
R E S U E L V E :
Art. 1º. CREAR una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en Barrio
Irupé -Departamento Capital, bajo la dependencia de la Dirección General
de Educación Inicial, establecimiento que funcionaba como Anexo a la Es-
cuela de Nivel Inicial “ERNESTO BANCALARI” de Capital dependiente de
la mencionada Dirección General.
Art. 2°. DISPONER servicio educativo creado por el Art. 1º de este instru-
mento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en
edicio propio.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
Resolución N° 508
Córdoba, 12 de mayo de 2022
VISTO: La Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley de Educación
Provincial N° 9870, las Resoluciones del Consejo Federal de Educación
N° 84/09, 93/09, 280/16 y 330/17 y las Resoluciones Ministeriales Nros.
188/18 y 434/19;
Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Ministerial N° 188/18 se aprueba el Programa Nuevo
Régimen Académico para escuelas secundarias a partir del ciclo lectivo
2018.
Que con posterioridad y por Resolución Ministerial N° 434/2019 se dispuso
en su artículo primero ampliar la resolución citada precedentemente, incor-
porando la Unidad Académica Pedagógica para las escuelas secundarias
de modalidad Técnico Profesional y en su artículo segundo se incluyen las

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