Resolución N° 501 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 87
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 10 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Resolución N° 501
Córdoba, 09 de mayo de 2018
REF.: CONSORCIO CAMINERO N° 07 DE LA FRANCIA - SOLICITA RE-
CONOCIMIENTO.- EXPEDIENTE N°0045-026372/56
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para su aproba-
ción el Acta de Asamblea General Ordinaria N° 397 de fecha 26 de Octubre
de 2017, correspondiente al Consorcio Caminero N° 07, La Francia, referida
a la elección de Secretario por fallecimiento de su antecesor, designación
de 4° Vocal y renovación parcial de sus Autoridades, todo ello en cumpli-
miento de lo dispuesto por la Ley N° 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que por fallecimiento del Señor Juan José MARCONETTI, D.N.I.
04.308.875, quien se desempeñaba en el Cargo de Secretario, correspon-
de elegir a su reemplazante hasta completar el período del mandato por el
cual fue electo su antecesor. Que del Acta de Asamblea acompañada en
autos e informe del Departamento I – Conservación Caminos de Tierra,
surge que se ha procedido a elegir el reemplazante de la persona antes
citada, resultando electo el Señor Raúl MORISOD, D.N.I. N° 11.705.119
como Secretario del referido Consorcio. Que la Municipalidad de La Fran-
cia mediante Decreto N° 60/17 designa como representante necesario al
Sr. Wilfredo Fortunato SGÛERZO, D.N.I. 23.558.813, para ocupar el cargo
de 4° Vocal en el Consorcio de que se trata hasta completar el período del
mandato de su antecesor.
Que del Acta de fecha 07 de Octubre de 2017, se desprende que el Con-
sorcio Caminero N° 07 de La Francia, ha procedido a la renovación parcial
de sus autoridades, en relación a los cargos de Vicepresidente, Tesorero,
1° y 2° Vocal. Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N°
374/18 que luce en autos, señala que atento a la naturaleza pública de las
tareas que desarrollan diariamente los Consorcios Camineros y a los nes
de no entorpecer la continuidad institucional de los mismos, es que este
servicio Jurídico considera, que puede la Superioridad, excepcionalmente,
aprobar el acta de Asamblea y la elección de las autoridades plasmadas
en la misma desde la fecha de su celebración. Que por último, concluye
la precitada Unidad Asesora que, conforme a lo expuesto esa Asesoría no
tiene objeción jurídico – formal que formular, por lo que de así estimarlo
esa Superioridad puede prestar aprobación a la documentación elevada y
designación de autoridades enumeradas por el Departamento Conserva-
ción Caminos de Tierra, en virtud de las facultades conferidas por la Ley
N° 8555 Art. 3 inc. e) en concordancia con lo dispuesto por las Leyes N°
6233 y 8030.
POR ELLO,
atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II
Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N° 8555 y las previ-
siones de la Ley N° 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar el Acta correspondiente a la Asamblea General Ordinaria
del Consorcio Caminero N° 07, La Francia, de fecha 26 de Octubre de
2017, referida a la elección de Secretario y designación de 4° Vocal, por
las razones vertidas en los Considerando de la presente, resultando elec-
tos los Señores Raúl MORISOD, D.N.I. N° 11.705.119 y Wilfredo Fortunato
SGÛERZO, D.N.I. 23.558.813 como Secretario y 4° Vocal, respectivamen-
te.
Art. 2°.- Dejar establecido, como consecuencia de lo dispuesto en el Artí-
culo anterior, que el mandato de las personas antes referidas, y que resul-
taran electas en el cargo de Secretario y 4° Vocal, tienen vigencia a partir
de la fecha de la Asamblea General Ordinaria, y hasta la nalización del
período por el cual fueron electos sus antecesores.
Art. 3°.- Aprobar el Acta N° 397 correspondiente a la Asamblea General
Ordinaria del Consorcio antes individualizado, de fecha 26 de Octubre de
2017, referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión Directi-
va, cuyos mandatos regirán a partir de la fecha de la Asamblea General Or-
dinaria y por el término de cuatro (4) años, de acuerdo al siguiente detalle:
Vicepresidente: GANDOLA, Adrián............D.N.I. 23.731.849
Tesorero: AYMOND, Oscar....................D.N.I. 11.705.191
1° Vocal: PERRONE, Hugo....................D.N.I. 14.504.557
2° Vocal : DRUETA, Amadeo..................D.N.I. 33.043.190
Art. 4°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
dése copia al Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento, y pase al
Departamento II - Secretaría General.
FDO.: OSVALDO RUBEN VOTTERO, PRESIDENTE - JUAN MANUEL ESCUDERO,
VOCAL DIRECTORIO
Resolución N° 502
Córdoba, 09 de mayo de 2018
OBRA:MODIFICACIÓN Y MEJORAMIENTO DE ACCESOS A LOCALIDA-
DES VARIAS DESDE RUTA PROVINCIAL Nº 1 Y MANTENIMIENTO DE
LA RUTA PROVINCIAL Nº 1 – TRAMO: RUTA NACIONAL Nº 19 – LÍMITE
CON SANTA FE.- EXPEDIENTE Nº 0045-016526/13.- C.I. Nº 923117 045
417.-
VISTO:
Las presentes actuaciones que tratan de la solicitud de recticación del
Acta de Recepción Provisoria emitida en la ejecución de la Obra “Modica-
ción y Mejoramiento de Accesos a Localidades varias desde Ruta Provin-
cial Nº 1 y Mantenimiento de la Ruta Provincial Nº 1 – Tramo: Ruta
Nacional Nº 19 – Límite con Santa Fe.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 326/18 que luce
en autos, señala que “… se agrega a fs.01/02 Nota de la Contratista de
referencia de fecha 14 de Diciembre de 2017, por la que fundamenta su
disconformidad y reservas planteadas en el Acta de Recepción Provisoria
rmada el 12 de Diciembre de 2017, en la cual se deja constancia como
fecha de Recepción provisoria para toda la obra el día 9 de Noviembre de
2017.Maniesta, que la obra se debió paralizar por motivos ajenos a su
voluntad y/o responsabilidad, motivos fueron plasmados en Nota de Pe-
dido Nº 41,42,43,46,48,52,54,57, y Resoluciones de Ampliación de Plazo
Nº 329/16, Nº 438/17, todo ello motivando que la obra se mantuviera neu-

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