Resolución Nº 50/PJCABA/CMCABA/17
Firmantes | Fernández - Vázquez - Godoy Vélez |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
VISTO:
El Expediente SAAJ N° 29/17-0 s/ Convocatoria para la conformación del Registro de
Peritos Auxiliares de la Justicia, y;
CONSIDERANDO:
Que el Responsable de Oficina de Auxiliares de Justicia, solicita la convocatoria para
la conformación del registro de auxiliares de justicia y acompaña el detalle de las
especialidades requeridas, la planilla de solicitud de inscripción y el proyecto de
resolución correspondiente. La Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional, no
realizó observaciones al respecto.
Que en cuanto a la difusión del presente procedimiento, a fs. 10 obran los
presupuestos solicitados a los periódicos La Nación, Clarín, Página 12, Ambito
Financiero y El Cronista Financiero.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dictaminó que no existen obstáculos
jurídicos para la prosecución del trámite.
Que en tal estado llegan estos actuados a la Comisión de Administración, Gestión y
Modernización Judicial.
Que en virtud de las disposiciones de la Res. CM N° 494/05, la aprobación de la
convocatoria a profesionales interesados a inscribirse en el Registro de Peritos
Auxiliares de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue delegada a éste
Órgano.
Que por Res. CAGyMJ N° 87/2015 de fecha 25 de agosto de 2015, se aprobó el
procedimiento llevado a cabo para la inscripción de Peritos Auxiliares de la Justicia de
ésta Ciudad, conformando los listados pertinentes, obrantes a fs. 90/183 del
Expediente SAAJ N° 068/14-0, cuya vigencia es de dos (2) años a partir de su
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Que en tan sentido, el vencimiento de los listados mencionados precedentemente
operan con fecha 2 de septiembre de 2017, por lo tanto, resulta pertinente impulsar los
actos necesarios para ejecutar una nueva convocatoria.
Que para facilitar la inscripción, resulta conveniente delegar en la Oficina de Auxiliares
de Justicia el proceso de descentralización mediante la comunicación previa a los
Colegios Públicos correspondientes a las incumbencias indicadas a fs. 8/9 el inicio del
procedimiento, con el objeto de informar los requisitos reglamentarios, el modelo de
solicitud de inscripción, el número de cuenta específica para depositar los aranceles y
toda otra información que fuere necesaria. Una vez finalizado el proceso, los Colegios
Públicos respectivos u organismos equivalentes-, contarán con 10...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba