Resolución N° 50 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 24 de Mayo de 2022 |
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 20 de Mayo de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 105
CORDOBA, (R.A.) MARTES 24 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
EL SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE
LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR la solicitud de inscripción de la rma “COIN
TECH S.A. (C.U.I.T. 30-69891120-0)” e inscribir a la misma en el “Registro
de Beneciarios del Régimen de Promoción de la Economía del Cono-
cimiento de la Provincia de Córdoba (RECOR) de la Ley N° 10.649 y su
modicatoria, Reglamentada por Decreto N° 193/2021, a partir de la fecha
de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- OTORGAR a la rma “COIN TECH S.A. (C.U.I.T. 30-
69891120-0)” inscripta ante la Dirección General de Rentas en el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos para la actividad promovida “Software y servi-
cios informáticos y digitales”, con el Código NAES N° 620101, denominado:
“Desarrollo y puesta a punto de productos de software”, los benecios es-
tablecidos en el Artículo 3º incisos “a”, “b “, “c” y “d”, de la Ley Nº 10.649 y su
modicatoria, a saber:
a) Estabilidad scal por diez (10) años exclusivamente para los tributos
cuyo hecho imponible tengan por objeto gravar la actividad promovida,
considerándose a tales efectos, la carga tributaria total de la Provincia de
Córdoba vigente al momento de la fecha de esta resolución;
b) Exención por diez (10) años, en el pago del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos que recae exclusivamente sobre los ingresos provenientes de la
actividad promovida y rige para los hechos imponibles que se perfeccionen
a partir de la fecha de presente resolución;
c) Exención por diez (10) años, en el pago del Impuesto de Sellos exclusi-
vamente para todos los actos, contratos y/o instrumentos que se celebren
con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de la actividad pro-
movida cuyos hechos imponibles sean perfeccionados desde la fecha de
esta resolución;
d) Exención en el pago del Impuesto Inmobiliario por el inmueble afectado
al desarrollo de la actividad promovidas, empadronado ante la Dirección
General de Rentas con la Cuenta N° 110100118599, hasta el día 10 de
mayo de 2.023, pudiendo ser renovado en su oportunidad a solicitud del
interesado, mediante la presentación de la documentación respaldatoria
exigida por la normativa vigente o hasta la nalización, por cualquier moti-
vo, del Contrato de Comodato que la rma detenta, lo primero que ocurra.
El benecio otorgado en el presente inciso entrará en vigencia a partir del
1° de enero del año siguiente a esta resolución;
En todos los casos, los benecios que por este instrumento se otorgan
entrarán en vigencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en
los artículos 1 a 6 del Decreto N° 193/2021.
Asimismo deberá considerarse en relación a los mencionados benecios
lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes de la Resolución Normativa
N° 1/2021 y sus modicatorias de la Dirección General de Rentas.
ARTÍCULO 3°.- HÁGASE SABER a la rma “COIN TECH S.A. (C.U.I.T.
30-69891120-0)” que deberá informar los cambios en las condiciones que de-
terminaron su inscripción en el RECOR dentro de los VEINTE (20) días hábiles
administrativos de acaecidos o conocidos, de conformidad a lo previsto en el
apartado 3.1 del Anexo I de la Resolución N° 02/2021 de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4°.- HÁGASE SABER a la rma “COIN TECH S.A. (C.U.I.T.
30-69891120-0)” que deberá cumplimentar con el proceso de validación anual
antes del día 15 del mes siguiente al que se cumple un nuevo año de la noti-
cación de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo
III, Punto 3.1 del Anexo I de la Resolución N° 02/2021 de esta Secretaría.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que a los fines de acceder al “Programa
de Promoción de Empleo a la Economía del Conocimiento” creado por
artículo 4 de la ley 10.649 y su modificatoria, la firma “COIN TECH S.A.
(C.U.I.T. 30-69891120-0)” deberá, oportunamente, dar cumplimiento a
las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución Conjunta N°
01/2022, emanada de este Ministerio de Ciencia y Tecnología, en su
carácter de Autoridad de Aplicación y el Ministerio de Promoción del
Empleo y de la Economía Familiar.
ARTÍCULO 6.- COMUNÍQUESE, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese.
FDO.: SEDEVICH FONS FEDERICO IVÁN, SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N° 50
Córdoba, 20 de mayo de 2022
VISTO: El expediente N° 0620-001442/2021 (II CUERPOS)
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita el llamado a LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 12/2022, efectuada para contratar la ejecución de la Obra:
“Construcción de Jardín de Infantes “Bartolomé Mitre” de B° Los Olivos,
de la Ciudad de Córdoba, Dpto. Capital”.
Que en base al análisis efectuado por la Dirección General de Infraes-
tructura Escolar de este Ministerio, la ejecución de la obra resulta de imperio-
sa necesidad, a cuyo n, se ha confeccionado la documentación técnica para
proceder a la ejecución del aludido Proyecto, con un presupuesto estimado en
la suma de Pesos Ochenta y Seis Millones Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil
Ciento Setenta y Nueve con Cuarenta y Seis Centavos ($86.488.179,46).
Que acorde a lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Adminis-
tración de este Ministerio, dicho inmueble se encuentra afectado al uso del
Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.
Que a los efectos de contratar su ejecución, se hace necesario iniciar
el proceso de selección del contratista se le encargue la ejecución de la
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