Resolución Nº 5/GCABA/MJYSGC.../14

FirmantesMontenegro - Cabrera
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD <br/>MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 447, N° 2.894 y N° 4.013, el Decreto N° 660/11, sus modificatorios y el

Expediente N° 014-09445730- -MGEYA-SSAPM y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 4.013, en su Artículo 8, inciso b), apartado 11, establece como función

común a todos los Ministros la de "Coordinar con los demás Ministerios los asuntos de

interés compartido de modo que las propuestas resultantes constituyan soluciones

integradas que armonicen con la política general y sectorial del gobierno."

Que, asimismo en su Artículo 24, inciso 17), específica que uno de los objetivos del

Ministerio de Desarrollo Económico es "...entender en el diseño e implementación de

políticas referidas a las personas con discapacidad";

Que la Ley N° 447, modificada por Ley N° 3.187, encomendó al Poder Ejecutivo la

conformación de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas

con Discapacidad;

Que, en otro orden, el Decreto N° 660/11 estableció que dentro de la órbita del

Ministerio de Desarrollo Económico, actuará como organismo fuera de nivel la

Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad -

COPIDIS-, bajo la dependencia de la Secretaría de Hábitat e Inclusión;

Que de conformidad con los términos del Decreto N° 78/14, modificatorio del Decreto

N° 660/11, dicha Comisión es la encargada de supervisar, asesorar, capacitar y

difundir todo lo necesario para el efectivo cumplimiento de las normas referidas a las

personas con discapacidad, interactuando con las distintas áreas del Estado de la

Ciudad, Nacional y provincial, responsables de su aplicación y ejecución;

Que la participación activa del Estado resulta imprescindible para la creación de

mecanismos que respondan a las necesidades particulares de las personas con

discapacidad;

Que, en otro aspecto, la Ley N° 2.894 estableció las bases jurídicas e institucionales

del Sistema de Seguridad Pública, estipulando en su Artículo 8 sus objetivos, entre los

que se incluyen los de "(...) Proteger la integridad física de las personas, así como sus

derechos y bienes (...) Promover y coordinar los programas de disuasión y prevención

de delitos, contravenciones y faltas (...) Establecer los mecanismos de coordinación y

colaboración para evitar...

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