Resolucion Nº 5

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 101
CORDOBA, (R.A.), LUNES 23 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
Resolución Interna N° 3566
Córdoba, 21 de abril de 2016
VISTO, la implementación del Certicado Catastral vía Web, aprobada
por Resolución Interna N° 3452/2012.
Y CONSIDERANDO:
Que la emisión del Certicado Catastral vía Web ha tenido aceptación
masiva por parte de los Escribanos y que el procedimiento implementado
ha optimizado los tiempos de expedición;
Que el artículo 18 de la Ley Provincial N° 10.323 (B. O. 04/12/2015),
introdujo modicaciones en el artículo 34 de la Ley Provincial N° 5057 (Ley
Provincial de Catastro), estableciendo expresamente que el Certicado Ca-
tastral “contendrá la nomenclatura catastral, la descripción del inmueble
siempre que exista un plano visado y las referencias al mismo. Asimismo,
se informarán las afectaciones y demás datos que sobre la parcela consten
en el Sistema de Información Territorial, a efectos de brindar adecuada
publicidad”.
Que actualmente el desarrollo tecnológico alcanzado permite, bajo
ciertas condiciones la emisión de Certicados Catastrales en forma au-
tomática, los que consisten en un Reporte de Base de Datos con algunos
condicionantes fundamentalmente orientados a tener seguridad de que la
parcela está saneada en base de datos, y otros que aseguren que el in-
mueble que se informa es el que efectivamente solicita el escribano;
Que a partir del 01 del corriente año se puso en producción y a
modo de prueba la emisión de Certificados Catastrales en forma au-
tomática dando excelentes resultados; estimándose oportuno en esta
instancia, implementar esta modalidad solo en aquellos supuestos que
cumplan los requisitos básicos requeridos;
Por lo expuesto, y en virtud de lo establecidos en los artículos 34 y
36 de la Ley N° 5057 y en ejercicio de las atribuciones de organización
y gestión del servicio inherentes a la función de Director conferidas por
la citada ley;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1: Dispónese que a partir del 29 abril de 2016 se emitirán
en forma directa y automática vía Web los Certicados Catastrales que
cumplan las siguientes condiciones:
a) La unidad de registración, debe tener un certicado catastral an-
terior que haya sido emitido por intermedio del SIT;
b) La unidad de registración debe tener asociada una descripción
de inmueble validada por Catastro;
c) La solicitud debe tener asociada una tasa retributiva paga;
En caso de que el escribano aporte alguno de estos datos: Número
de cuenta, Nomenclatura de la parcela, Tipo de parcela, Numero de
plano, Supercie según mensura, Localidad o Inscripción Registral;
los mismos deberán ser iguales a los de Catastro, caso contrario un
agente deberá analizarlos.
ARTÍCULO 2: Cuando el escribano detecte que la descripción o algún
otro dato del inmueble sean incorrectos, deberá, en el campo “Observa-
ciones del escribano”, indicar el dato erróneo para que el sistema impida la
emisión automática del Certicado Catastral y se pueda corregir el mismo.
ARTÍCULO 3: Se considerará “descripción validada” del inmueble,
aquella que ha sido elaborada siguiendo las instrucciones que constan en
el Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4: En caso de que la solicitud cumpla con las condiciones
para su emisión directa, el escribano visualizará un nuevo botón de “gene-
ración automática” en la bandeja de solicitudes, para que mediante esta
acción, se emita el certicado catastral en línea.
ARTÍCULO 5: Protocolícese, publíquese en el Boletín Ocial, comu-
níquese al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, al Ministerio de
Finanzas, a Fiscalía de Estado, al Registro General de la Provincia, a los
Colegios Profesionales; y notifíquese a todo el personal de la Dirección
General de Catastro, cumplido archívese.
FDO: ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA, DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
ANEXO: http://goo.gl/sjUCJE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
Resolución N° 5
Córdoba, 02 de febrero de 2016
VISTO: El expediente Nº 0034-086248/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que en autos se propicia la adjudicación de la Compulsa Abreviada N°
20/15 llevada a cabo con el objeto de contratar un servicio de limpieza
del inmueble ocupado por la Dirección General de Rentas, sito en calle
Juan B. Justo 3600 de la Ciudad de Córdoba, por el término de veinti-
cuatro (24) meses.
Que efectuada la apertura de sobres, cotizan las siguientes firmas:
Proponente N° 1: Euroclean S.R.L. a un precio mensual de $ 13.890.-
haciendo un total de $ 333.360.- y Proponente N° 2: Oviedo Juana
Clementina a un precio mensual de $ 8.600.- haciendo un total de $
206.400.-.
Que el Área Contrataciones a fs. 40 propicia adjudicar la Compulsa
Abreviada N° 20/15 a la firma Juana Clementina Oviedo por ajustarse
a las Condiciones de Contratación y ser la oferta más conveniente.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los

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