Resolución N° 5

EmisorMinisterio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2015
CÓRDOBA, 28 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 207 Primera Sección 3
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
d), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION 3 HERMANOS”, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 371 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0640-000426/2011 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “Ministerio Poder de la Oración
Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Villa Maria,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b), 168, 169 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación; y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10
y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Ministerio Poder de la Oración Asociación Civil”,
con asiento en la Ciudad de Villa Maria, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 370 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-116721/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION CAMINOS DE
ANISACATE”, con asiento en la Localidad de Anisacate, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
d), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION CAMINOS DE ANISACATE”, con
asiento en la Localidad de Anisacate, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 23 Córdoba, 20 de octubre de 2015
VISTO: La Resolución Nº 176/2015 de la Inspección Gen-
eral de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
mediante las que se dispone cubrir con personal Titular las
vacantes existentes designadas en jurisdicción de la Región
Segunda, Departamentos: Río Primero, Río Segundo y San
Justo.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución de la Dirección General de Nivel Inicial
y Primario Nº 1064/2014, se aprobaron los listados de
aspirantes docentes a Traslados Comunes de Capital e Inte-
rior Provincial, para el ciclo lectivo 2016.
Que resulta necesario dar cobertura a los cargos vacantes
mencionados en el Visto, con los aspirantes inscriptos en los
listados citados precedentemente;
Por ello, normativa citada, lo dispuesto en artículos 53 y 56
siguientes y concordantes del Decreto Ley Nº 1910/E/57
Estatuto de la Docencia Primaria y Preprimaria y artículos 51
a 59 del Decreto N° 3999/67;
EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DEL
MINISTERIO DE EDUCACION
RESUELVE:
Artículo 1°: CONVOCAR para el día Viernes 30 de
Octubre de 2015, a las 10: 30 horas en la sede del Apoyo
Administrativo Región Segunda, de esta Dirección, sito en
calle Cabrera N° 1720 de la ciudad de San Francisco, a los
docentes inscriptos en Padrón de aspirantes a Traslados
Comunes que se nominan en el Anexo I, compuesto de dos
(2) fojas, para cubrir un cargo vacante en la Región Segunda,
Departamentos: Río Primero, Río Segundo y San Justo,
según corresponda al mencionado anexo, el que integra la
presente resolución.
Articulo 2°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Apoyo
Administrativo de la Región Segunda, publíquese en el Boletín
Oficial de la Provincia de Córdoba por el término de dos (2)
días consecutivos a partir del 28 de octubre de 2015 y
archívese.
MIGUEL BARELLA
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS
ANEXO
http://goo.gl/tD2Q3j
DIRECCIÓN DE DE
RECURSOS HUMANOS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE
INDUSTRIA, COMERCIO, MINERIA Y DESARROLLO CIENTIFICO TECNOLOGICO
Resolución N° 5 Córdoba, 04 de Marzo de 2015.
VISTO: El expediente N° 0311-003110/2015 en el que se
propicia la formalización de ajustes en la distribución de los
Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General
de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N°
150/04 Reglamentario de la Ley N° 9086, modificado por Decreto
N° 1966/09, es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes
y Jurisdicciones de la Administración Central autorizar las
modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos
asignados dentro de su misma Jurisdicción.
Que por Decreto Nº 2881/11 se reestablecieron las facultades
oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central sobre la
materia.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones
deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de
la Resolución pertinente.
Que obran en autos copias certificadas de Formularios de
Compensación Nros. 40, 41, 42, 43 y 45 de las modificaciones
presupuestarias realizadas en el mes de Noviembre de 2014.
Que a fs. 11 obra Resolución Ministerial Nº 021 de fecha 27 de
Junio de 2014, mediante la cual se faculta al Director General de
Administración de este Ministerio a efectuar las modificaciones de
las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al
Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la
Administración Provincial en vigencia, con los alcances y
condiciones exigidos por el Decreto Nº 1966/2009, con efecto
retroactivo al 01 de Mayo de 2014.
Que dichas modificaciones propuestas encuadran en las
disposiciones legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en
los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera
y del Control Interno de la Administración General del Estado
Provincial N° 9086.
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, dependiente de
este Ministerio, bajo N° 07/2015,
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO, MINERÍA Y
DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
R E S U E L V E:
Artículo 1° FORMALIZAR las modificaciones en las
asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto Gen-
eral de la Administración Provincial en vigencia, conforme los
Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros.
40, 41, 42, 43 y 45 correspondientes al mes de Noviembre del

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