Resolución N° 5

EmisorDirección de Prevención de Accidentes de Transito
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 26 CÓRDOBA, 10 de febrero de 20156
análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado
por el Area Jurídica del Ministerio de Educación con el N°
2648/2013, por Fiscalía de Estado en casos similares y en
uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- RATIFÍCASE la Resolución N° 1149/
2012 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
del Ministerio de Educación, mediante la cual se dispuso
suspender provisoriamente el servicio educativo en la
Escuela de Nivel Primario “PROVINCIA DE RIO NEGRO”
de la localidad de Simbolar Chico -Departamento Río
Seco-, en los términos y condiciones que se consignan en
la misma, cuya copia forma parte integrante de este
instrumento legal como Anexo I, compuesto de una (1)
foja.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado
por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de
Estado.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención
a Contaduría General de la Provincia, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/rKoQAE
Resolución N° 1405
Córdoba, 19 de diciembre de 2014.-
VISTO: El Expediente Nº 0595-122274/14 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasificación por localización del Programa Avanzado (ProA) que funciona en el edificio de la
Escuela de Suboficiales de Policía “GENERAL MANUEL BELGRANO” (EE0311449) de Barrio AGEC II, dependiente de la Dirección General
de Educación Secundaria, y la pertinente asignación de la bonificación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación
para acceder a dicho beneficio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procedente en esta instancia clasificar al mencionado Programa en el Grupo de localización correspondiente
y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente el respectivo porcentaje de bonificación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1422/14 del Área Jurídica de este Ministerio su proveído de fecha 18 de diciembre de 2014
y lo aconsejado a fs. 5 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales;
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E :
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización al Programa Avanzado (ProA) que funciona en el edificio de la Escuela de Suboficiales
de Policía “GENERAL MANUEL BELGRANO” (EE0311449) de Barrio AGEC II, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria,
a partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonificación del veinte por ciento (20 %) a
su personal docente y del trece por ciento (13 %) a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto
N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 356; Partidas: Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal
No Permanente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE
EDUCACN
DIRECCIÓN DE
PREVENCN de ACCIDENTES de TRÁNSITO
Resolución N° 3
Córdoba, 2 de Febrero de 2015
VISTO: el Expediente N° 0458-044731/2014, en cuyas
actuaciones la Municipalidad de Santa María de Punilla, solicita
se proceda a la recepción de examen para acreditar los
conocimientos, condiciones y capacidades que habiliten a la
señora Altamirano Adriana Beatriz en calidad de Evaluadora
Teórico Práctico para la Emisión de Licencias de Conducir y
Capacitador en Normas de Tránsito y Seguridad Vial.
Y CONSIDERANDO:
Que para tal cometido la referida normativa exige capacitación
previa para el personal que tendrá a su cargo las distintas
evaluaciones (teórico-prácticas) para la emisión de Licencias de
conducir (Art. 10, inciso 4, apartado “a”, del Decreto N° 318/07,
reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 8.560) y que tal
capacitación sea evaluada por esta Dirección.
Que en cuanto a la señora Altamirano, ostenta Matrículas de
Autoridad de Control y Evaluador Teórico Práctico (Nros.T-1640
y E-1639, respectivamente) a los fines de cumplir a la normativa
vigente.
Que a efectos del cumplimiento de los protocolos existentes
en esta Dirección, se procedió a llevar adelante la evaluación de
que se trata, a fin de satisfacer los requerimientos puntuales
exigidos por las normativas en vigencia, acreditando los
postulantes, los conocimientos pertinentes de rigor necesarios
para la obtención de las matrículas habilitantes.
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección de
Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe
circunstanciado del proceso de evaluación implementado,
situación de la que da cuenta el Acta N° 130814.
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del
plexo normativo supra consignado, esta Dirección de Prevención
de Accidentes de Tránsito puede disponer la aprobación de la
instancia y la entrega de los Certificados pertinentes.
Que a tales fines, y habiéndose satisfecho las exigencias le-
gales de rigor, corresponde dictar el instrumento que habilite a
los postulantes para las funciones que en cada caso se indican
en el Acta supra consignada y ordenar su inscripción en los
Registros pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por la asesoría jurídica de esta
Dirección bajo el N° 03/2015,
EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
R E S U E L V E:
1°.- APROBAR lo actuado respecto del proceso de evaluación
llevado adelante a fin de acreditar los conocimientos, condiciones
y capacidades que habiliten a la señora Adriana Beatriz
ALTAMIRANO D.N.I: 26.893.128, como Evaluador Teórico
Práctico para le Emisión de Licencias de Conducir y Capacitador
en Normas de Tránsito y Seguridad Vial, respectivamente, de
conformidad al Acta N°130814.-
2°.- HABILITAR en calidad de Evaluador Teórico Práctico para
la Emisión de Licencias de Conducir Y de Capacitador en Normas
de Tránsito y Seguridad Vial a la señora Adriana Beatriz
ALTAMIRANO D.N.I: 26.893.128.-
3°.- ASIGNAR las matrículas pertinentes y ORDENAR que,
por los canales administrativos conducentes se proceda a su
inscripción en los registros pertinentes del personal habilitado
por el dispositivo anterior, todo ello de conformidad al Anexo que
se adjunta y forma parte integrante de la presente.
4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
MIGUEL ANGEL RIZZOTTI
DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
ANEXO
http://goo.gl/8meZ4e
Resolución N° 5
Córdoba, 6 de febrero de 2015
VISTO: el Expediente N° 0458-044872/2014 por el que
La Municipalidad de la localidad de Justiniano Posse, solicita
la constitución de mesa de examen a fin de determinar los
conocimientos, aptitudes y capacidades de distinto personal
que aspira a obtener matrículas de Autoridades de Control
y Evaluadores Teórico Prácticos para la Emisión de Licencias
de Conducir y en materia Normas de Transito-Seguridad
Vial, de diverso personal de su dependencia y
Municipalidades aledañas.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5° de la Ley Provincial de Tránsito N°
8.560 define en calidad de Autoridad de Control, entre
otros, “...al organismo que determine la autoridad mu-
nicipal o comunal de las jurisdicciones que adhieran a la
presente Ley y su Reglamentación, y cuyo personal esté
especialmente capacitado mediante los cursos establecidos
reglamentariamente, y sea habilitado por la Autoridad de

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