Resolución N° 498 ........., 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 152
CORDOBA, (R.A.), LUNES 7 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ca se dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición
en los términos del artículo 14, Punto I) de la Ley N° 9361, para cubrir
setenta y seis (76) cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo en
diversas áreas citada jurisdicción, hoy reemplazada por la Secretaría Ge-
neral de la Gobernación.
Que de conformidad a lo previsto en el artículo 16 y 18 de la Ley N°
9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, la cual
por Resolución N° 7/2015, aprobó las Bases y Condiciones del Concurso
de que se trata, funciones de los cargos a cubrir, requisitos, temarios, fuen-
tes de consulta y demás aspectos de la convocatoria efectuada, todo lo
cual fue publicado en la Página WEB Ocial del Gobierno Provincial.
Que seguidamente, se recepcionaron las inscripciones de los postu-
lantes desde el 27 de julio hasta el 2 de agosto de 2015.
Que entre los días 4 al 6 de agosto de 2015 se jó el plazo para las ex-
cusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos,
las que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comi-
sión Laboral de Concurso y Promoción, procediéndose a la conformación
denitiva de los Tribunales de Concurso por Resolución N° 9/2015 de la
citada Comisión.
Que se publicó en la Página Web Ocial la conformación denitiva de
los Tribunales de Concurso, como así también la fecha en que se llevaría a
cabo la prueba de oposición, prevista para el día 22 de agosto de 2015.
Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del entonces
Ministerio de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas
las jurisdicciones, quienes certicaron el proceso de ensobrado y custodia
de los cuestionarios que los Tribunales elaboraron, y estuvieron presentes
durante toda la jornada en que se realizaron las Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, producidas tales pruebas, continuó el proceso con
la recepción de las entrevistas personales, la corrección de dichos exáme-
nes y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos y
acreditados en aquellas, culminando la etapa evaluativa con la confección
del Orden de Mérito Provisorio, el cual fue debidamente publicado en el
Portal WEB Ocial.
Que posteriormente, transcurrió el periodo para vista de antecedentes
y presentación de observaciones al citado orden de mérito.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de
Concurso y Promoción, receptaron, consideraron y respondieron, cuando
las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos
efectuados por los concursantes, en los términos establecidos por las Ba-
ses y Condiciones del Concurso, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito
Denitivo, que fue publicado en la Página WEB Ocial.
Que en dicho Orden de Mérito Denitivo, se nominan a las personas
que superaron las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder
a los setenta y seis (76) cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo,
para ser asignados a prestar servicios en diversas áreas de la Secretaría
General de la Gobernación.
Que a tenor de las observaciones efectuadas por Fiscalía de Estado se
produjeron modicaciones en el Orden de Mérito elevado a consideración
de este Poder Ejecutivo.
Que los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 consignan los requisitos
para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial, por lo
cual, resulta necesario encomendar a la Dirección de Jurisdicción de Re-
cursos Humanos de la Secretaría General de la Gobernación, la verica-
ción del efectivo cumplimiento de los mismos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto
por el artículo 18 de la Ley N° 8575, lo dictaminado por la Dirección Gene-
ral de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación con el
N° 225/2017, por Fiscalía de Estado bajo el N° 837/2017, y en ejercicio de
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto
para la cobertura de setenta y seis (76) cargos del Agrupamiento Adminis-
trativo en diversas áreas de la Secretaría General de la Gobernación, a las
personas nominadas en Anexo I, el que compuesto de dos (02) fojas útiles,
se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal, por
encontrarse en los puesto 1° al 76° del Orden de Mérito correspondiente
al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolu-
ciones Nros. 58/2015, 529/2015, recticada por su similar N° 769/2015, y
633/2015 del entonces Ministerio de Gestión Pública, en los términos del
artículo 14°, Punto I) de la Ley N° 9361.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la Dirección de Jurisdicción de Re-
cursos Humanos de la Secretaría General de la Gobernación, de corres-
ponder, vericará el efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos
por los artículos 12° y 13° de la Ley N° 7233 para el ingreso de personal a
la Administración Pública Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Fiscal
de Estado y rmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la
Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CRA. SILVINA RIVERO: SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA: FISCAL
DE ESTADO
ANEXO: https://goo.gl/tXSFgK
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 498
Córdoba, 3 de agosto de 2017
VISTO: Las actuaciones presentadas por las autoridades del Instituto
“Juan Zorrilla de San Martín”, en las cuales se solicita declarar de Interés
Educativo al “Proyecto Pedagógico: Escuela de Cine, que organizado por
dicho Instituto, se llevará a cabo durante el presente ciclo lectivo 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que el Proyecto está destinado a estudiantes de 5° y 6° año del Insti-
tuto y busca promover experiencias educativas signicativas.
Que en este sentido, el mismo está diseñado como un espacio para
desarrollar un formato curricular ampliado e integrado que comprende a la
asignatura Lengua y Literatura de 5° año, conjuntamente con los Espacios
de Opción Institucional- Responsabilidad Social de las Organizaciones de

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