Resolución N° 49 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorDirección General de Educación de Jóvenes y Adultos
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 57
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 22 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
en esas funciones.
1.- Ex D.E.M.E.S., 2,00 puntos
2.- Otros Niveles y otras jurisdicciones provinciales 1,00 puntos
F) ANTIGÜEDAD EN EL CARGO DIRECTIVO
Se evaluará la antigüedad en el cargo Directivo en las Jurisdicciones na-
cional, provincial, municipal, y cuya situación de revista sea la de titular,
interino o suplente, en cualquiera de los Niveles del Sistema Educativo.
Se adjudicara puntaje por años de servicios, continuos o discontinuos o
fracción mayor de seis (6) meses debidamente acreditados.
1.- Provincia de Córdoba:
1.1.- Director o Vice Director del nivel y la modalidad que se concursa, por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0,50 puntos con un máximo de
cinco (5) puntos.
1.2.- Director, Vice Director o Rector de otros Niveles o Modalidades por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0.25 puntos, hasta un máximo de
cinco (5) puntos.
2.- De otras jurisdicciones:
2.1.- Director o Vice Director del nivel y la modalidad que se concursa,
por año o fracción mayor de seis (6) meses: 0,25 puntos con un máximo
de cinco (5) puntos 2.2.- Director, Vice Director o Rector de otros Niveles
o Modalidades por año o fracción mayor de seis (6) meses: 0.20 puntos,
hasta un máximo de cinco (5) puntos.
3.- Instituciones de Nivel Medio dependiente de la D.G.E.P. de la Provincia
de Córdoba:
3.1.- Director o Vice Director del nivel y la modalidad que se concursa, por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0,25 puntos con un máximo de
cinco (5) puntos
3.2 Director, Vice Director o Rector de otros Niveles o Modalidades por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0.20 puntos, hasta un máximo de
cinco (5) puntos
G) CONCEPTO DIRECTIVO
Serán considerados los conceptos de los cargos directivos debidamente
acreditados, rmes y consentidos de los dos (2) últimos años de desempe-
ño del agente en dicho cargo.
Concepto sobresaliente 1,00 punto
Concepto distinguido 0,50 puntos,
Se tomara un solo concepto por año valorándose el más favorable.
H) CONCEPTO DOCENTE
Serán considerados los conceptos docentes en el desempeño en asigna-
turas debidamente acreditado, rme y consentido de los dos (2) últimos
años del agente en dicha función.
Concepto sobresaliente 1,00 punto
Concepto distinguido 0,50 puntos
Se tomara un solo concepto por año valorándose el más favorable.
Art. 8°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente de
Concursos, a las Inspecciones, a las Instituciones de Educación Superior,
a los interesados, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
http://www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/
FDO.: PROF SANTIAGO LUCERO, DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPE-
RIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE
JÓVENES Y ADULTOS
Resolución N° 49
Córdoba, 20 de marzo de 2018
VISTO:
La necesidad de proceder a la cobertura de cargos de Director y Vice Di-
rector en Centros Educativos de Nivel Secundario, con carácter titular, en
el ámbito de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, en
el marco establecido en la Ley N°10237 y su Decreto Reglamentario N°
930/15, y
CONSIDERANDO:
Que existen en el ámbito de esta Dirección General diversos cargos de
Director y Vice Director que deben declararse vacantes a los nes de su
cobertura con carácter titular;
Que conforme lo dispone la Ley N°10237, en su Artículo 10, una vez decla-
rada la vacancia, esta Dirección procede a efectuar el llamado a Concurso
de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura en carácter de TI-
TULAR de los cargos de Director y Vice Director en un todo de acuerdo con
lo previsto en los artículos 25, 27, 62, 63, ss y cc del Decreto Ley 214/E/63;
Que en cumplimiento del Artículo 8 del Decreto N°930/15, la Convocatoria
a Concurso será publicada por el término de cinco (5) días, en la Página
Web del Gobierno de la Provincia, Boletín Ocial, en la sede de la Direc-
ción General de Educación de Jóvenes y Adultos, en la Junta de Clasi-
cación, en la Comisión Permanente de Concurso y en las Supervisiones,
para conocimiento del personal de todos los centros educativos depen-
dientes de esta Dirección General;
Que en el Artículo 9 del Decreto N°930/15 se prevé un término de cinco
(5) días para la inscripción de los aspirantes en el Concurso, a partir de la
última publicación de la convocatoria;
Que dicha inscripción se deberá efectuar ante la Comisión Permanente de
Concurso, tal como lo prevé el Artículo 9 del Decreto N°930/15;
Que la designación de los miembros del Jurado, titulares y suplentes, será
por Resolución Ministerial con antelación al inicio del período de inscrip-
ción tal como lo establece el Artículo 29del Decreto N°930/15;
Que las pruebas de oposición previstas en el art. 25 del Decreto Ley
214/E/63, se implementaran de acuerdo con la Reglamentación de Concur-
sos establecida en el Decreto N°930/15 y Resolución Ministerial 1475/2016;
Por todo ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones confe-
ridas;
El DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS
RESUELVE
Artículo 1º: DECLARAR “ad referéndum” del Ministerio de Educación, la
vacancia de:
Cuarenta(40) cargos de Director y Siete (07) cargos de Vice Director de-
pendientes de esta Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos;
que en los Anexos I, II y III se detallan, compuesto por cinco (5) folios, y el
cual forma parte del presente instrumento legal.

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