Resolución N° 489 - Letra:A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Febrero de 2018
EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVIII - Nº 36
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 21 DE FEBRERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ARTÍCULO 1°.- PRORROGAR, excepcionalmente, la fecha hasta la cual
los contribuyentes y/o responsables del Impuesto Inmobiliario Básico co-
rrespondiente a las propiedades rurales, Fondo para el Mantenimiento de
la Red Firme Natural (FoMaRFiN), Fondo Rural para la Infraestructura y
Gasoductos (FRIG), Fondo Acuerdo Federal, Aporte que integra el Fondo
de Consorcios Canaleros - Ley N° 9750- y Fondo Especial de Conserva-
ción del Suelo, podrán abonar la Cuota Única y Primera Cuota de la anuali-
dad 2018 previstas en el artículo 16 de la Resolución Ministerial N° 457/17,
conforme se establece a continuación:
a. Cuota Única: 23 de febrero de 2018
b. Primera Cuota: 23 de febrero de 2018
ARTÍCULO 2°.- Cuando el pago de las mencionadas cuotas se efectivice
con posterioridad a las fechas consignadas en el artículo precedente el
recargo se calculará desde la fecha de vencimiento original dispuesto por
Resolución Ministerial N° 457/17.
ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la fecha
del dictado de la misma.
ARTÍCULO 4°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFI-
CIAL, PASE a conocimiento de todos los sectores pertinentes y Archívese.
FDO.: LIC. HEBER FARFÁN SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS - MINISTE-
RIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 488 - Letra:A
Córdoba, 7 de Diciembre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-132700/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION POTENTIA, con domicilio social en la Pro-
vincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para
funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION PO-
TENTIA, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argen-
tina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “FUN-
DACION POTENTIA”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO - DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 489 - Letra:A
Córdoba, 7 de diciembre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-135165/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION FOOD FOR LIFE ARGENTINA, con domi-
cilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autori-
zación estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
FOOD FOR LIFE ARGENTINA, con domicilio social en la Provincia de Cór-
doba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “FUN-
DACION FOOD FOR LIFE ARGENTINA.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO - DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS

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