Resolución N° 485/CDNNYA/19

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 485/CDNNYA/19
Buenos Aires, 26 de abril de 2019
VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 2.095 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el
Decreto N° 326-GCABA/17, modificado por el Decreto N° 287-GCABA/18, la
Resolución N° 929-CDNNYA/18, el Expediente Electrónico Nº 07894916-MGEYA-
DGLTACDN/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por la Resolución N° 929-CDNNYA/18 se aprobó la contratación directa para la
locación administrativa del inmueble sito en la calle Bartolomé Mitre N° 648/50/58,
planta baja, esquina avenida Presidente Roque Sáenz Peña s/n, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, por el término de treinta y seis (36) meses, a partir del 1° de abril de
2018 y hasta el 31 de marzo de 2021, con destino al funcionamiento de la Defensoría
Zonal Comuna 1-Plaza Lavalle Sur, dependiente de la Dirección General de
Programas Descentralizados de este Consejo, por un canon locativo mensual de
PESOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 68.000.-) para el primer año de vigencia del
contrato;
Que la cláusula séptima del contrato de locación administrativa en cuestión establece
que los valores de los cánones locativos correspondientes al segundo y tercer año de
vigencia del contrato serán consensuados por las partes, previa tasación del Banco
Ciudad de Buenos Aires, a tenor de lo establecido en el Decreto N° 326-GCABA/17 y
su modificatorio, el Decreto N° 287-GCABA/18, Anexo I, artículo 28, inciso 12),
apartado e), que reglamenta el artículo 28 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por
Ley Nº 6.017);
Que en consecuencia, y conforme se desprende de las constancias obrantes como IF-
2019-11786766-GCABA-DGLTACDN, el titular de la Dirección Operativa de Compras
y Contrataciones, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa
de este Consejo, solicitó a la Gerencia de Recupero de Créditos-Valuaciones
Inmuebles, Bienes Registrables y Otros del Banco Ciudad de Buenos Aires, la
tasación del inmueble locado, a fin de determinar el valor del nuevo canon locativo,
habiendo la mencionada entidad tasado su valor en la suma mensual de PESOS
OCHENTA Y SIETE MIL ($ 87.000.-);
Que mediante nota obrante como IF-2019-11774195-GCABA-DGLTACDN, la firma
DIAGONAL 648 SA propuso a este Consejo un canon locativo mensual equivalente a
la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 92.500.-) para el periodo
comprendido entre el 1° de abril de 2019 y el 31 de marzo de 2020;
Que mediante Nota NO-2019-11769575-GCABA-DGLTACDN, la titular de la Dirección
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5610 - 06/05/2019

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