Resolución N° 480/CDNNYA/21

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 480/CDNNYA/21
Buenos Aires, 7 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 638/07 y su
modificatorio, el Decreto N° 117/17, el Decreto N° 463/19, modificado por los Decretos
N° 510/19 y N° 69/20, la Resolución N° 446-MHGC/16, sus modificatorias y
complementarias, el Expediente Electrónico N° 12339193-GCABA-VPCDNYYA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que conforme lo dispuesto por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de
autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto Nº 638/07 y su modificatorio, el Decreto N° 117/17, se delegó en
los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y titulares de unidades de organización
con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del
personal de las plantas de gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de
aprobar las modificaciones pertinentes en cada caso;
Que por Decreto N° 463/19, modificado por los Decretos N° 510/19 y N° 69/20, se
aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por el artículo 7° del Decreto N° 463/19 se instituyó, a partir del 10 de diciembre
de 2019, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades
Superiores de Gobierno;
Que por la Resolución Nº 446-MHGC/16, sus modificatorias y complementarias, se
estableció que el excedente de unidades retributivas del Régimen Modular asignado y
no utilizado podrá ser administrado como suplemento de gabinete;
Que mediante IF-2021-13408077-GCABA-DGPDES, la titular de la Dirección General
Programas Descentralizados de este Consejo propicia asignar un suplemento de
gabinete de un mil quinientas (1.500) unidades retributivas mensuales a la agente
Camila María Catella, CUIL N° 27-39242601-4, dependiente de la mencionada
Dirección General, a partir del 1° de abril de 2021;
Que mediante PV-2021-13755684-GCABA-DGALH, la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, dependiente del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, ha tomado interviencion en el ámbito de su competencia, sin formular
objeciones a la asignación del suplemento de gabinete que se propicia;
Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el que se asigne
el suplemento de gabinete propiciado por la titular de la Dirección General Programas
Descentralizados de este Consejo a la agente Camila María Catella, CUIL N° 27-
39242601-4, a partir del 1° de abril de 2021;
Que encontrándose vacante la Presidencia de este Consejo, corresponde a esta
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6122 - 12/05/2021

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