Resolución N° 48/UPEUBPCM/22

EmisorMinisterio de Desarrollo Humano y Hábitat
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 48/UPEUBPCM/22
Buenos Aires, 5 de abril de 2022
VISTO: Las Leyes N° 5.726 y N°6.292 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), el
Préstamo N° BIRF 8706-AR, el Decreto N° 463/GCABA/19 y su modificatorio Nº
69/GCABA/20, la Resolución N°264-GCABA-SECISYU-2021, el EX-2021-09684881-
GCABA-SSCUF y,
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la contratación de una Universidad para
prestar el servicio de consultoría denominado “Alianza Metropolitana de Datos
Abiertos”, a solicitud de la Subsecretaría de Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas
dependiente de la Secretaría General y Relaciones Internacionales, en el marco del
componente “Fortalecimiento de Capacidades Institucionales para la Gestión Urbana
Metropolitana” del Contrato de Préstamo BIRF N° 8706-AR;
Que por Ley N° 5.726 se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer en el mercado local y/o
internacional uno o más empréstitos con Organismo Multilaterales de Crédito, Bancos
de Desarrollo, Instituciones Financieras de Fomento de las Exportaciones,
Instituciones Financieras Bilaterales de Desarrollo y/o cualquier otra institución
financiera local o internacional, siendo el destino del crédito público la ejecución de un
programa integral de desarrollo sostenible y mejora de hábitat de asentamientos
informales en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con priorización en el
programa de urbanización del polígono correspondiente a las villas 31 y 31 bis;
Que el 21 diciembre 2017 se suscribió el Contrato de Préstamo BIRF N° 8706-AR
entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (CABA) para la ejecución del “Proyecto de Transformación
Urbana del Área Metropolitana de Buenos Aires”;
Que a efectos de la ejecución del citado Préstamo, la Secretaría de Integración Social
y Urbana tenía la responsabilidad de la coordinación de las actividades ejecutadas por
la CABA en las Partes 1, 2 y 3 del proyecto;
Que, por su parte, la Secretaría General y Relaciones Internacionales es responsable
de asistir técnicamente a la entonces Secretaría de Integración Social y Urbana en la
ejecución de las actividades de la Parte 2 del proyecto, destinado al “Fortalecimiento
de Capacidades Institucionales para la Gestión Urbana Metropolitana”;
Que, asimismo, por Resolución Firma Conjunta N° 1-GCABA-SECISYU-2020 y N° 1-
GCABA-SGYRI-2020, el entoncesste Secretario de Integración Social y Urbana y el
Secretario General y de Relaciones Internacionales establecieron que las funciones y
responsabilidades que le corresponden a la Secretaría General y Relaciones
Internacionales para la ejecución de la Parte 2 del proyecto, se deben realizar a través
de la Subsecretaría de Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas y/o la Subsecretaria
de Cooperación Urbana Federal o la que en el futuro la suceda;
Que por el Decreto N° 463/GCABA/19 y modificatorios, se aprobó la estructura
orgánica funcional, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose la Secretaría de Integración Social y
Urbana dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6354 - 08/04/2022

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