Resolución N° 48 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 11 de Abril de 2022 |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS |
Fecha de la disposición | 8 de Marzo de 2022 |
LUNES 11 DE ABRIL DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 75
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 48 ........................................................................... Pag. 1
Resolución N° 50 ........................................................................... Pag. 2
Resolución N° 51 ........................................................................... Pag. 3
Resolución N° 52 ........................................................................... Pag. 4
Resolución N° 53 ........................................................................... Pag. 6
Resolución N° 57 ........................................................................... Pag. 7
Resolución N° 62 ........................................................................... Pag. 8
Resolución N° 63 ........................................................................... Pag. 9
Resolución N° 70 ........................................................................... Pag. 10
Resolución N° 71 ........................................................................... Pag. 11
Resolución N° 76 ........................................................................... Pag. 13
Resolución N° 78 ........................................................................... Pag. 14
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 288 ........................................................................ Pag. 15
Resolución N° 289 ........................................................................ Pag. 16
Resolución N° 294 ........................................................................ Pag. 16
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 33 ........................................................................... Pag. 17
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N° 14 ........................................................................... Pag. 18
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 48
Córdoba, 08 de marzo de 2022
Expediente Nº 0045-023546/2021.-
VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por
Resolución Nº 00180/2022 la Contratación Directa con el Consorcio Ca-
minero Regional Nº 04, para la ejecución de la obra: “CONSERVACIÓN
CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 04 – DEPARTAMENTOS: CAPITAL –
COLÓN – ISCHILÍN – PUNILLA – RÍO PRIMERO - TOTORAL - AÑO 2022”,
por la suma de $ 100.561.788,00.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Listado de Ubicaciones,
Croquis, Cómputo de Ítems del Contrato, Presupuesto Ocial y Listado de
Planos; todo debidamente suscripto por funcionarios competentes de la
Dirección de Vialidad y aprobado mediante artículo 1º de la Resolución Nº
00180/2022 de su Directorio.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que, “…la
presente Obra propende CONSERVAR LAS REDES VIALES PRIMARIAS,
SECUNDARIAS Y TERCIARIAS SIN PAVIMENTAR, correspondientes a
esta jurisdicción, lo que produce una mejora en la transitabilidad y seguri-
dad y permite además obtener una mayor economía del transporte, tanto
para los usuarios de la vía como para la Provincia de Córdoba, que se
traduce en un importante ahorro administrativo, ya que conere agilidad
y versatilidad en la adjudicación, ejecución, cómputo y certicación de las
tareas de mantenimiento…”.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Mo-
dular de Certicación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa
para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos
menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un manteni-
miento a futuro o tendientes a una consolidación denitiva del tramo.
Que el Jefe de Departamento I Conservación de Caminos de Tierra de
la referida Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el
costo de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecuta-
ran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del
Consorcio Caminero Regional Nº 04.
Que el Jefe del citado Departamento maniesta que el Consorcio
Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas
para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin
pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las
mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a
producir un signicativo ahorro económico del proceso administrativo, ce-
leridad, eciencia y ecacia, basado en el concurso activo y concertado
de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo
efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por
el Presidente del Consorcio Caminero Regional N° 04, para la ejecución de
la obra de que se trata por la suma de $ 100.561.788,00, comprometiéndo-
se a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Sub-
contratistas integrantes de su Regional (artículo 15 – apartado IV incisos 4)
y 6) del Pliego Particular de Condiciones).
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2022/000014,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo
gestionado demanda.
Que en relación a la incorporación del “Art. 111 – Sub – Ítem Nº 111
– Aporte Extraordinario Institucional” del Pliego Particular de Especicacio-
nes Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido
dentro del Presupuesto Ocial aprobado por la Dirección de Vialidad y que
en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tra-
mitarse por vía independiente ante la autoridad competente.
Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras de
que se trata, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el
Desarrollo Agropecuario (FDA), en virtud de las facultades conferidas por
Decreto Nº 2135/2019.
Que obra Dictamen Nº 47/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en
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