Resolucion Nº 475 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 111
CORDOBA, (R.A.), MARTES 7 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución General N° 2091
Córdoba, 06 de Junio de 2016.-
VISTO: El nuevo Formulario F-995 REV. 00 “FISCALIZACIÓN ELEC-
TRÓNICA”;
Y CONSIDERANDO:
QUE el inciso 3) del Artículo 20 del Código Tributario Provincial facul-
ta a la Administración para establecer vericaciones y/o Fiscalizaciones
Electrónicas en función de las pautas, condiciones y/o requisitos que a tal
efecto disponga.
QUE se ha resuelto implementar dicho proceso con el objetivo de op-
timizar el control sobre los Contribuyentes y/o Responsables, favoreciendo
la eciencia en la gestión de los Tributos Provinciales a cargo de la Direc-
ción General de Rentas.
QUE luego que se le notica al Contribuyente del inicio de la Fiscaliza-
ción Electrónica, el mismo debe responder en línea a través del Domicilio
Fiscal Electrónico el requerimiento que el sistema le despliega.
QUE resulta necesario aprobar el Formulario F-995 REV. 00 “FISCA-
LIZACIÓN ELECTRÓNICA” que será utilizado como comprobante de lo
enviado y declarado por el Contribuyente y/o Responsable en virtud de
lo solicitado en el Requerimiento de la Fiscalización Electrónica, el cual
contiene el detalle de las respuestas brindadas.
QUE el mismo se ajusta a los requerimientos de los Sectores operati-
vos respectivos.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 19° del
Código Tributario Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modicatoria, y el Artículo 1
del Decreto Provincial N° 1205/15;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el nuevo Formulario F-995 REV. 00 “FIS-
CALIZACIÓN ELECTRÓNICA, que se adjunta a la presente y será utilizado
como comprobante de lo enviado y declarado por el Contribuyente y/o Res-
ponsable en virtud de lo solicitado en el Requerimiento de una Fiscaliza-
ción Electrónica, el cual contiene el detalle de las respuestas brindadas.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO: CR. LUCIANO G. MAJLIS, DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
ANEXO: http://goo.gl/tJ401g
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 475
Córdoba, 31 de mayo de 2016.
VISTO: la implementación del Plan de Finalización de Estudios Prima-
rios y Secundarios para Jóvenes y Adultos (FinEs), llevada a cabo durante
los ciclos lectivos 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015;
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley de Educación
Técnico-Profesional N° 26.058 y la Ley de Financiamiento Educativo N°
26.075, generan condiciones institucionales para el desarrollo de la Políti-
ca Educativa.
Que el Ministerio de Educación de la Nación implementa el Plan FinEs
como respuesta al sistema que las leyes vigentes nacionales prescriben.
Que el artículo 138 de la Ley de Educación Nacional establece que
el Ministerio de Educación de la Nación deberá implementar programas a
término para garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad educativa de
todas las personas mayores de dieciocho (18) años.
Que por Resolución del Ministerio de Educación y Deportes de la Na-
ción N° 178/2016 se da continuidad al Plan de Finalización de Estudios
Primarios y Secundarios (FinEs), para el período 2016/2019.
Que por Decreto N° 436/16 del Gobierno de la Provincia de Córdoba
se establecen condiciones de aplicación del Plan de Estudios Primarios y
Secundarios (FinEs) para el período 2016.
Que por Resolución Ministerial N° 465/08 y sus ampliatorias Nros.
334/09, 157/10, 107/11, 224/12, 300/13, 105/2014 y 261/2015, se aprueba
la implementación del Plan FinEs en todo el ámbito de la Provincia de Cór-
doba.
Que es necesario dar continuidad a la población meta destinataria en
esta novena edición, incorporando el año 2016 y Planes anteriores al mis-
mo, sin límite, para la terminalidad educativa.
Que el FinEs es un Plan especíco y a término, con carácter excepcio-
nal.
Por ello, el Dictamen N° 1272/2016 del Área Jurídica de este Ministerio,
lo aconsejado a fs. 15 por la Dirección General de Asuntos Legales y en
uso de atribuciones conferidas por Ley N° 10337,
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E :
Art. 1°.- ESTABLECER la novena etapa del Plan de Finalización de Es-
tudios Primarios y Secundarios para Jóvenes y Adultos (FinEs), que tendrá
vigencia durante el ciclo lectivo 2016, destinadas a completar la Educa-
ción Secundaria de Jóvenes y Adultos mayores de dieciocho (18) años que
han concluido en forma regular el último año de la Educación Secundaria
de las diferentes modalidades y adeudan materias, cuya fundamentación,
requisitos de admisión, entidades conveniantes, escuelas-sedes, escue-
las de procedencia, modos de inscripción, designación y funciones de los
agentes participantes, recursos, régimen de evaluación y acreditación, cro-
nograma y bonicaciones, obran en el Anexo I, que con cuatro (4) fojas,
forma parte de la presente Resolución.
Art. 2°.- DISPONER que la asignación del personal docente afectado
a este Plan se realice en cada sede por convocatoria abierta con carácter
a término, pudiéndose convocar en primera instancia a quienes ya hayan
participado del mismo en etapas anteriores, según su desempeño, previa
evaluación del Tutor Coordinador.
Art 3°.- ESTABLECER los importes a liquidar en concepto de boni-
cación mensual, de carácter no remunerativo, jada mediante Decreto

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