Resolución N° 471 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Mayo de 2019
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2019
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 91
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 15 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
Que luce en autos intervención del señor Ministro de Obras Públicas y
Financiamiento, manifestando que en el marco del plazo de extensión de
concesión solicitado, correspondería se modique el contrato de conce-
sión de RAC a CASISA, disponiendo una ampliación por el lapso de hasta
veinte (20) años, resultante de adicionar a los cinco (5) años faltantes, los
quince (15) años de ampliación requeridos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativas citadas, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públi-
cas y Financiamiento con el N° 105 Bis/2019, por Fiscalía de Estado bajo
el N°281/2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144,
inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- MODIFÍCASE el contrato de concesión de la Red de Ac-
cesos a Córdoba (R.A.C.) celebrado con Caminos de las Sierras S.A. (CA-
SISA) aprobado por Decreto N° 1598/97, en su cláusula 4.2, la que quedará
redactada de la siguiente forma:
“El concedente podrá disponer la extensión de la concesión por un pla-
zo de hasta veinte (20) años, a contar desde la fecha del instrumento
legal que así lo autorice, cuando motivos debidamente fundados así lo
aconsejen. La voluntad del concedente de ampliar la vigencia de la con-
cesión deberá ser comunicada de manera fehaciente al concesionario,
con una anticipación no mayor a treinta (30) días desde el dictado del
instrumento legal que así lo disponga”.
Artículo 2°.- INSTRÚYASE al señor Ministro de Obras Públicas y Fi-
nanciamiento para que proceda a evaluar los motivos económico- nan-
cieros expuestos por la empresa Caminos de las Sierras S.A. y demás
organismos técnicos competentes, en relación a la necesidad de extender
el contrato de concesión.
viene de tapa
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 15 .................................................................Pág. 4
Resolución N° 16 .................................................................Pág. 4
Resolución N° 17 .................................................................Pág. 5
Resolución N° 18 .................................................................Pág. 5
Resolución N° 19 .................................................................Pág. 6
Resolución N° 20 .................................................................Pág. 7
TRIBUNAL ELECTORAL AD HOC
Escrutinio Definitivo .............................................................Pág. 7
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Obras Públicas y Finan-
ciamiento para que, en caso de estimar debidamente fundadas las solici-
tudes referidas en el artículo anterior, emita el instrumento legal pertinente
autorizando la extensión del contrato de concesión por el plazo indicado en
el artículo primero, con posterior conocimiento de este Poder Ejecutivo.
Artículo 4°.- NOTIFICASE a la Dirección Nacional de Vialidad la pre-
sente modicación al contrato de concesión dispuesta, a tenor de lo previs-
to según artículo 14 del Decreto 1840.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de estado.
Artículo 6°.- PROTOCOLIZASE, comuníquese, publíquese en Boletín
Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO / JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 471
Córdoba, 9 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente Nº 0723-133791/17 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO: Que las p resentes actuaciones se relacionan con la
clasicación por localización de la Escuela de Nivel Inicial “GENERAL SAN
MARTÍN” de Cavanagh, Departamento Marcos Juárez, dependiente de la Di-
rección General de Educación Inicial y la pertinente asignación de la bonica-
ción respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acredi-
tados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para acceder a
dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto
N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al men-
cionado establecimiento educativo en el Grupo de localización correspondiente
y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente el respectivo
porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 0110/19 del Área Jurídica
de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 37 por la Dirección General de Asuntos
Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución, en el
Grupo “C de localización a la Escuela de Nivel Inicial “GENERAL SAN MAR-
TÍN” de Cavanagh, Departamento Marcos Juárez dependiente de la Dirección
General de Educación Inicial, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto
la bonicación del cuarenta por ciento (40%) a su personal docente y del
veintiséis por ciento (26%) a su personal no docente, conforme con lo pre-
visto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 383; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO. : WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN

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