Resolución N° 471 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 246
CORDOBA, (R.A.), MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
legales vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 890/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros
del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de
conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación
de Crédito Presupuestario N° 69 del Ministerio de Industria, Comercio y
Minería, el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/ly4drO
Resolución N° 477
Córdoba, 07 de diciembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0011-055670/2016 en que el Servicio Penitenciario de
Córdoba, propicia ajustes en la distribución de los Recursos Financieros
asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en
vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario en la categoría
programática 408 “Actividades Centrales del Servicio Penitenciario” por un
importe de $ 11.000.000.- para imputar la Orden de Pago de Sueldos y
Fajineros correspondientes al mes de noviembre del corriente año.
Que las modicaciones propuestas encuadran en las disposiciones
legales vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº877/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del
Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, de con-
formidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación de
Crédito Presupuestario N° 73 del Servicio Penitenciario de Córdoba el que
como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/SSw4he
Resolución N° 471
Córdoba, 06 de diciembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0562-002684/2016.
Y CONSIDERANDO:
Que el señor Director de la Dirección de Policía Fiscal, mediante
nota de fecha 3 de noviembre de 2016 solicita aclaración en relación
a las disposiciones emanadas de la Resolución Ministerial Nº 416/16,
mediante la cual se dispuso que las prestaciones laborales del perso-
nal de esta Jurisdicción que excedan la jornada normal y habitual, sólo
podrán ser realizadas fundadas en estrictas razones de servicio y con
autorización previa y expresa del suscripto.
Que al respecto dicho funcionario expone en la nota de referencia
las particularidades que presenta la realización de tareas en el Or-
ganismo a su cargo, habida cuenta del funcionamiento operativo que
implica una dinámica diferente respecto de las demás Reparticiones de
esta esfera ministerial, a la par que el personal dependiente se halla
alcanzado por el régimen instituido por Ley Nº 9187 y no por la Ley Nº
7233.
Que las previsiones contenidas en la Resolución Ministerial Nº
416/16 tienen por objetivo establecer un criterio uniforme y ordenatorio
en lo que atañe al otorgamiento de licencias y francos compensatorios
en la órbita ministerial, sin perjuicio de las excepciones que por la natu-
raleza funcional o por la aplicación de regímenes laborales específicos
de determinados ámbitos de esta Jurisdicción resulten menester otor-
gar.
Que en ese sentido el titular responsable de la Dirección de Policía
Fiscal deberá adoptar los mecanismos tendientes al cumplimiento de lo
dispuesto en los artículos 3º, 4º y 5º de la Resolución Ministerial Nº 416/16,
dentro del marco de las previsiones contenidas en la Ley Nº 9187, por lo
que en relación a lo establecido en el artículo 1º de la aludida Resolución,
deberá procederse de conformidad con la operatoria propia del funciona-
miento de dicha Repartición, en virtud de las facultades y modalidades de
prestación de servicios prevista en la referida Ley.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y lo dictaminado por la Di-

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