Resolución N° 470 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 246
CORDOBA, (R.A.), MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
rección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 859/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º FACULTAR al Director de la Dirección de Policía Fiscal a efec-
tuar la autorización de prestaciones laborales del personal de esa Reparti-
ción previstas en los artículos 1° y 2° de la Resolución Ministerial N° 416/16
y cuyo cumplimiento deba vericarse conforme con el funcionamiento ope-
rativo de la Repartición y en virtud de las previsiones de la Ley Nº 9187.
Artículo 2º ENCOMENDAR al Director de la Dirección de Policía Fis-
cal la adopción de mecanismos tendientes al cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos 3º, 4º y 5º de la Resolución Ministerial Nº 416/16, dentro del
marco de las previsiones contenidas en la Ley Nº 9187
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 470
Córdoba, 05 de diciembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0048-003092/2016 en que la Secretaría de Trans-
porte, dependiente del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos,
propicia ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados
por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario del Programa
608 “Boleto Tercera Edad, en la partida presupuestaria 06-06-05-00 “Ayuda
Sociales a Personas” por un importe de $ 71.000.000.-
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 876/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros
del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de
conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación
de Crédito Presupuestario (Compensación Interinstitucional) N° 74 de la
Secretaria de Transporte el que como Anexo I con de una (1) foja útil, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/7rjVXj
Resolución N° 468
Córdoba, 01 de diciembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0165-129606/2016, por el que se propicia la amplia-
ción del Fondo Permanente “P” –PUBLICIDAD– de la Secretaría General
de la Gobernación, creado por Resolución Ministerial N° 006/16.
Y CONSIDERANDO:
Que es intención del servicio administrativo de la Secretaría General
de la Gobernación incrementar el porcentaje de contrataciones directas
atendidas por el fondo permanente en cuestión lo cual genera la necesidad
de agilizar la provisión de recursos para su normal funcionamiento.
Que conforme lo determina el ar tículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y
modicación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente a los nes de la ampliación propiciada para el correcto funcionamien-
to del Servicio y la eliminación del límite para cada pago para asegurar el
normal funcionamiento del fondo, permitiendo afrontar y agilizar los pagos.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 7 y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
863/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente “P” –PUBLICIDAD– de
la Secretaría General de la Gobernación, hasta la suma de PESOS DIEZ
MILLONES ($ 10.000.000.-), sin límite para cada pago del que será res-
ponsable el Titular del Servicio Administrativo de la citada Repartición.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Adminis-
trativo de la Secretaría General de la Gobernación y a la Dirección General
de Tesorería y Crédito Público, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

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