Resolución N° 47/ERSP/18

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 47/ERSP/18
Buenos Aires, 22 de marzo de 2018
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nacional N° 24.240 y modificatoria
Ley Nº 26,361, la Ley N° 210, la Ley N° 757, los Decretos N° 1.162-GCBA/02, 2.356-
GCBA/03 y 1.721-GCBA/04, el Reglamento de Procedimiento de Controversias y
Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria
Nº 51/2002, el Acta del Directorio Nº 687 del 16 de febrero de 2018, el Expediente Nº
1852/EURSPCABA/2016, incorporado al Expediente Nº 622/EURSPCABA/2016,
incorporado al Expediente Nº 569/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, según lo prescribe el Art. 2° inc. e) de la Ley Nº 210, se entiende como servicio
público, a los efectos de la aplicación de la misma, la conservación y mantenimiento
vial por peaje;
Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i) y l) de la Ley Nº 210, el ERSP
tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las
leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar
las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos
prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad,
continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y
efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer
cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las
sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de
conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas
respetando el debido proceso;
Que, el Expediente Nº 1852/EURSPCABA/2016 se inicia como consecuencia de la
denuncia del Señor Pablo Degugliemo respecto a luminarias apagadas debajo de la
autopista 25 de mayo, en Av. Rivera Indarte 880. La misma fue registrada con el
código TTRT11469 del 29/03/2016;
Que, a fs. 5 consta Acta de Fiscalización Nº 157025/ERSP/2016, de fechas 25 de abril
de 2016 verificando que en Rivera Indarte 880 “las farolas debajo de la autopista no
funcionan”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5442 - 24/08/2018

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