Resolución N° 46 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Abril de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 63
CORDOBA, (R.A.) LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
PESOS SETECIENTOS DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHO
MIL ($ 716.808.000.-), de conformidad con el detalle analítico incluido en
el Documento Modicación de Crédito Presupuestario N° 4 (Recticación)
del Ministerio de Servicios Públicos, el que como Anexo I con una (1) foja
útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Subsecreta-
ría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Contaduría
General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provin-
cia, a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA, MINISTERIO DE
FINANZAS
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
Resolución N° 46
Córdoba, 16 de marzo de 2021
VISTO: El expediente Nº 0716-014531/2020 por el que se solicita el cierre
del Fondo Permanente “F” SALAS CUNA del Ministerio de Promoción del
Empleo y de la Economía Familiar –Ex Secretaría de Equidad y Promoción
del Empleo-, creado por Resolución N° 006/2017 y modicado por Resolu-
ciones N° 139/2017 y 353/2018, todas de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que el Programa presupuestario que diera origen a la creación del
Fondo Permanente de que se trata no pertenece al presupuesto vigente
asignado a la Jurisdicción.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable, en relación al cierre de los Fondos Permanentes solicitados,
habiendo efectuado la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Públi-
co, la intervención de su competencia.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Di-
rección de Jurisdicción de la Subsecretaría de Tesorería General y Cré-
dito Público a fs. 12 y de acuerdo con lo dictaminado por el Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 92/2021 y en los
términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DISPONER el cierre del Fondo Permanente “F” SALAS
CUNA del Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Adminis-
trativo del Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar
y a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público, publíquese en
el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA, MINISTERIO DE
FINANZAS
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020.
Resolución N° 48
Córdoba, 16 de marzo de 2021
VISTO: El expediente Nº 0716-014532/2020 por el que se solicita el cierre
del Fondo Permanente “B” SECRETARÍA DE EQUIDAD del Ministerio de
Promoción del Empleo y de la Economía Familiar –Ex Secretaría de Equi-
dad y Promoción del Empleo-, creado por Resolución N° 20/2016 y modi-
cado por Resolución N° 200/2016, ambas de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que el Programa presupuestario que diera origen a la creación del
Fondo Permanente de que se trata no pertenece al presupuesto vigente
asignado a la Jurisdicción.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable, en relación al cierre de los Fondos Permanentes solicitados,
habiendo efectuado la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Públi-
co, la intervención de su competencia.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Di-
rección de Jurisdicción de la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito
Público a fs. 12, lo dictaminado por el Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de este Ministerio al Nº 85/2021 y en los términos de la Resolución
Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º DISPONER el cierre del Fondo Permanente “B” SECRETA-
RÍA DE EQUIDAD del Ministerio de Promoción del Empleo y de la Econo-
mía Familiar.

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