Resolución N° 457 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Enero de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 12
CORDOBA, (R.A.) LUNES 17 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Que se agrega Documento Contable – Nota de Pedido Nº 2020/000072,
para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen Nº 294/2020 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio en el que maniesta que, en virtud del Decreto
Nº 305/2016, atento a las disposiciones del artículo 6º de dicho Decreto y
las previsiones del artículo 1º de la Ley 10220 y artículo 38 de la Ley Nº
10411 – Fondos FO.NA.VI. según Convenio de fs. 141/143 y Dictamen N°
471/2020 de la Dirección de Jurisdicción Jurídico Notarial de la Subsecre-
taría de Regularización Dominiall y Recupero de Viviendas Sociales de
fs. 146/147, Ley Nacional Nº 24464, y visto el antecedente Expediente N°
0135-032685/2016 con Resolución N° 0002/17 del entonces Secretario de
Vivienda, de fecha 16/01/2017 y visada con fecha 13/02/2017 por el Tribu-
nal de Cuentas de la Provincia, considera que puede procederse conforme
lo propiciado, otorgando el nanciamiento a la Municipalidad de Toledo y
aprobando el Convenio y su respectivo Anexo.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Di-
rección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N° 294/2020
y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE EL CONVENIO GENERAL DE ADHESIÓN
AL PLAN LOTENGO Y DE FINANCIAMIENTO DE OBRAS DE INFRAES-
TRUCTURA PARA EL INTERIOR PROVINCIAL y su respectivo Anexo
Único celebrado con fecha 18 de diciembre de 2020, entre la Unidad Eje-
cutora de dicho Plan, representada en ese acto por el Subsecretario de
Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales Cr. Facundo
CHACÓN y el Secretario de Desarrollo Territorial y Hábitat dependiente del
Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar Ing. Adrián
Luis DANIELI por una parte, y la Municipalidad de Toledo representada por
su Intendente, señor Víctor Hugo TOLEDO por la otra; que como Anexo I,
compuesto de tres (3) fojas, se acompaña y forman parte integrante del
presente instrumento legal.
Artículo 2º.- OTÓRGASE un nanciamiento a favor de la MUNICIPALI-
DAD DE TOLEDO, por la suma total de Pesos Ocho Millones Trescientos
Noventa y Cinco Mil Novecientos Sesenta y Uno con Veintiocho Centavos
($ 8.395.961,28), destinado a la realización por parte de ésta, por sí o por
terceros, de las obras de infraestructura para 21 lotes de su propiedad, ad-
hiriendo al “PLAN LOTENGO”, creado por Decreto Nº 305/2016 y conforme
lo establecido en el Convenio, aprobado por el artículo anterior.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Ocho Millones Trescientos Noventa y Cinco Mil Novecientos Sesenta y Uno
con Veintiocho Centavos ($ 8.395.961,28), conforme lo indica la Dirección
de Jurisdicción Económico Financiero y de Administración de la Dirección
General de Vivienda, en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido
Nº 2020/000072 a Importe Futuro año 2021.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Juris-
dicción Económico Financiero y de Administración de la Dirección General
de Vivienda, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publí-
quese en el Boletín Ocial, notifíquese y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 457
Córdoba, 30 de diciembre de 2021
Expediente Nº 0045-023021/2021/A4.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la aprobación del nuevo plan de avance y
curva de inversión, correspondientes a la obra: “PAVIMENTACIÓN RUTA
PROVINCIAL N° S-393 – TRAMO: LUQUE – CAPILLA DEL CARMEN –
AUTOPISTA”.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico, me-
diante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de conformidad a lo
prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019, la
Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Modernización,
la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Contrata-
ciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de
aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la existencia
de un archivo titulado “Índice”, haciendo plena fe de su contenido.
Que la obra mencionada fue adjudicada al Consorcio Caminero Único,
creado por Ley N° 10.546 y su Decreto Reglamentario N° 1053/2018, por
Resolución Ministerial N° 291/2021 de fecha 23 de agosto de 2021, sus-
cribiéndose el contrato de obra con fecha 23 de septiembre y el acta de
replanteo total confeccionada con fecha 10 de noviembre del mismo año.
Asimismo, el plazo de ejecución de la obra se estableció en 730 días a
contar desde la fecha del Acta de Replanteo (Punto II.2.2 Legajo Único
para Contratación obrante en POP); y el avance real acumulado al mes
de diciembre de 2021 es del 0,34%, según archivos titulados “RESUMEN
MEDICIÓN MENSUAL N° 002-0 CORRESPONDIENTE AL PERIODO DIC
- 2021” y “MEDICIÓN MENSUAL N° 002-0 CORRESPONDIENTE AL PE-
RIODO DIC – 2021”.
Que por Nota de Pedido N° 2 de fecha 13 de diciembre de 2021, la con-
tratista solicita la reformulación del Plan de Trabajo y Curva de Inversión,
habiendo renunciado expresamente a reclamar gastos improductivos, gas-
tos generales directos e indirectos, como cualquier otro que pudiera co-
rresponder por la instrumentación, tramitación, aprobación y/o aplicación
del Nuevo Plan de Avance y Curva de inversión, conforme archivo titulado
“Nota de conformidad por Nuevo Plan de Avance y Curva de Inversión”.
Que se incorpora “Informe Resumen de Nuevo Plan de Avance y Curva de
Inversión”, donde se detallan los motivos que justican la solicitud de que
se trata, debido a “…cuestiones operativas respecto del tiempo necesario
para la movilización de equipo y personal a la obra se han reprogramado
los trabajos en el inicio de la obra…”, indicando además que se mantiene
inalterable el plazo dispuesto contractualmente.

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