Resolución N° 455 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor24 de Agosto de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 173
CORDOBA, (R.A.) MARTES 24 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Resolución N° 455
Córdoba, 12 de agosto de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0723-136744/2017, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 1168/19 emanada de la Direc-
ción General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso ad referén-
dum de la Superioridad, la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial
“DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” de la localidad de Matorrales -De-
partamento Río Segundo-.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídico-for-
mal-pedagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos N°
41009/A/38, y N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, en-
contrándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional
plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 453/21y en uso de atribucio-
nes conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N°1168/19 emanada de la
Dirección General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso, la re-
categorización de la Escuela de Nivel Inicial “DOMINGO FAUSTINO SAR-
MIENTO” de la localidad de Matorrales -Departamento Río Segundo-,
en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia
forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo, compuesto
de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 456
Córdoba, 12 de agosto de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0109-104178/2011, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 1213/19 emanada de la Dirección
General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso ad referéndum de
la Superioridad, la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial “COSME
ARGERICH” de Villa Santa Cruz del Lago -Departamento Punilla-.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídico-for-
mal-pedagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos N°
41009/A/38, y N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, en-
contrándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional
plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 0111/2020 y en uso de atribu-
ciones conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 1213/19 emanada de la
Dirección General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso, la re-
categorización de la Escuela de Nivel Inicial “COSME ARGERICH” de Villa
Santa Cruz del Lago -Departamento Punilla-, en los términos y condiciones
que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este
instrumento legal como Anexo, compuesto de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO

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