Resolución N° 454 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor20 de Febrero de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVIII - Nº 34
CORDOBA, (R.A.) LUNES 19 DE FEBRERO DE 2018
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jeto de disminuir la pobreza estructural de la Provincia y mejorar el hábitat
y la calidad de vida de sus pobladores.
Que por Decreto N° 246/16 se crea el Plan Vida Digna, a los nes de
profundizar las acciones tendientes al cumplimiento de los objetivos ante-
riormente jados; otorgamiento de asistencia económica, destinado a me-
jorar las condiciones habitacionales de aquellos hogares que no posean
baño y/o cuyos habitantes se encuentren en condiciones de hacinamiento.
Que por Ley N° 10507 de Presupuesto General para la Administración
Pública Provincial para el año 2018 se crea el programa presupuestario
“674 – VIDA DIGNA, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a ser
atendido por el Fondo Permanente cuya creación se propicia.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista téc-
nico-contable en relación a la creación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la creación propiciada para el correcto
funcionamiento del Servicio.
Que la fuente de nanciamiento del Fondo Permanente cuya creación
se propicia está constituida por Rentas Generales.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 15 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 22/18,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º CREAR el Fondo Permanente “V” –VIDA DIGNA– del Mi-
nisterio de Desarrollo Social, por la suma de PESOS CUARENTA MILLO-
NES ($ 40.000.000), sin límite por cada pago, del que será responsable el
Titular del Servicio Administrativo del citado Ministerio. Integra como Anexo
I con una (1) foja útil, Formulario T2 “Solicitud de Apertura, Modicación y/o
Cierre de Fondos Permanentes”.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Admi-
nistrativo del Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección General de
Tesorería y Crédito Público, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO. https://goo.gl/XmXogM
Resolución N° 454
Córdoba, 29 de diciembre de 2017
VISTO: El expediente Nº 0680-067570/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la ampliación de la
cantidad adjudicada con motivo de la Subasta Electrónica Inversa Nº
2017/000023, cuyo objeto es la contratación del servicio de acompaña-
miento y soporte para gestionar y llevar adelante el Proyecto de Moderni-
zación del Sistema Tributario para la Dirección General de Rentas.
Que obra solicitud del señor Secretario de Innovación y Modernización
mediante la cual peticiona la ampliación de las cantidades oportunamente
adjudicadas a la rma PARADIGMA CONSULTORES ASOCIADOS SO-
CIEDAD ANÓNIMA en un veinte por ciento (20%).
Que la mencionada contratación se realizó bajo la modalidad de Su-
basta Electrónica Inversa, por lo que resulta de aplicación lo previsto en el
artículo 13 del Decreto Nº 305/14 – reglamentario de la Ley Nº 10.155-, el
cual prevé la posibilidad de ampliar en un veinte por ciento (20%) las canti-
dades oportunamente contratadas cuando se trate de órdenes de compras
cerradas.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artí-
culo 13 del Decreto Nº 305/14 – reglamentario de la Ley Nº 10.155 - y lo
dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 10.155, en concordancia con lo
previsto por el artículo 40 de la Ley N° 10.410 y de acuerdo con lo dictami-
nado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio
al N° 856/2017,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR hasta el veinte por ciento (20%) de la adjudi-
cación dispuesta por Resolución Ministerial Nº 315/17, a favor de la r-
ma PARADIGMA CONSULTORES ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA
(C.U.I.T. 30-68077619-5), relacionados con el servicio de acompañamiento
y soporte para gestionar y llevar adelante el Proyecto de Modernización del
Sistema Tributario para la Dirección General de Rentas, a un precio total de
pesos seiscientos noventa y tres mil ($693.000,00).
Artículo 2° IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la
presente Resolución, por la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA
Y TRES MIL ($693.000,00), a Jurisdicción 1.15 –Ministerio de Finanzas-
como importe futuro, Ejercicio 2018.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
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CORDOBA, (R.A.) LUNES 19 DE FEBRERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 423 - Letra:A
Córdoba, 27 de octubre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-132936/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION KOYAWE PARA LA FORMACION, DESA-
RROLLO Y CAPACITACION”, con domicilio social en la Provincia de Córdo-
ba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como
Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artíc ulo 1º: AUTORI ZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION KO-
YAWE PARA LA FORMACION, DESARROLLO Y CAPACITACION”, con domi-
cilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como
Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “FUNDA-
CION KOYAWE PARA LA FORMACION, DESARROLLO Y CAPACITACION”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince (15)
días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante
la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la rubricación,
no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado
por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial,
y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO - DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 431 - Letra:A
Córdoba, 27 de octubre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0528-005633/2015, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “ASOCIACION VECINAL JUNTOS POR SANTA INES”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada ASOCIACION VE-
CINAL JUNTOS POR SANTA INES”, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “ASO-
CIACION VECINAL JUNTOS POR SANTA INES”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO - DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 432 - Letra:A
Córdoba, 27 de octubre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-135398/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION INTEGRAL DE SALUD”, con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización
estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION IN-

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