Resolución N° 453 “A“

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 260
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
cursos Hídricos y Energía, que oportunamente serán contratadas median-
te el procedimiento correspondiente.
Que el alcance de las prestaciones, los requisitos a cumplimentar y la
información relativa a las especialidades a contratar, se encuentran espe-
cicados en el Anexo que compuesto de cuatro (4) fojas útiles forma parte
integrante de la presente Resolución.
Por ello, actuaciones cumplidas, y lo dispuesto por Decreto Provincial
N° 1791/15, raticado por Ley Provincial N° 10.337, y lo dictaminado por el
Departamento Jurídico de este Ministerio bajo el Nº 286/2016;
EL MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E
Artículo 1° APRUÉBANSE “Las Condiciones de Selección” que como
Anexo compuesto de cuatro (4) fojas útiles forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2° CONVÓCASE a Firmas Consultoras especializadas que
cumplan con las condiciones dispuestas en el Anexo, a la presentación
de manifestaciones de interés a los nes de formar parte del listado de
posibles proveedores seleccionados por esta cartera ministerial para la
ejecución de trabajos en materia de Servicios Públicos, Recursos Hídricos
y Energía.
Artículo 3° DISPÓNESE que las manifestaciones de interés deberán
ser presentadas en este Ministerio sito en Avenida Humberto Primo N° 607,
1° Piso, de esta ciudad de Córdoba, de Lunes a Viernes en el horarios de
9:00 a 17:00hs; o a través de las página web bajo el link “presentaciones
de expresiones de interés” hasta el día 31 de Enero de 2017.
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, comuníquese, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO. DR. ING. FABIAN LOPEZ. MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS
PÚBLICOS.
Anexo:https://goo.gl/dXoxWk
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 453 - Letra:A
Córdoba, 28 de Diciembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-130863/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “FEDERACION AGRARIA FILIAL CORDOBA - ASOCIA-
CION CIVIL”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Ar-
gentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
Que, la entidad de referencia, venía funcionando como simple aso-
ciación desde larga data, solicitando en esta instancia administrativa el
reconocimiento de dicha persona jurídica como asociación civil.
Que, este organismo de contralor no advierte obstáculo en otorgar el
reconocimiento estatal, toda vez que las simples asociaciones se rigen
por lo dispuesto para las asociaciones civiles (art. 188 del Código Civil y
Comercial de la Nación), siendo la Dirección General de Inspección de Per-
sonas Jurídicas el organismo a cargo de la scalización estatal conforme lo
establecido por la Ley N° 8.652.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y en uso
de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N°
8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: RECONOCER a la entidad civil denominada “FEDERA-
CION AGRARIA FILIAL CORDOBA - ASOCIACION CIVIL”, con domicilio
social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, el carácter de Per-
sona Jurídica, autorizándola a funcionar como asociación civil.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“FEDERACION AGRARIA FILIAL CORDOBA - ASOCIACION CIVIL.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 306
Córdoba, 12 de octubre de 2016
Expediente Nº 0047- 015845/2011/R20.-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura dependien-
te de este Ministerio propicia por Resolución N° 411/2016, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la
Novena Variación de Costos correspondiente al mes de marzo del 2015,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO PARA I.P.E.M. Nº 256 ANEXO – LIBERTADOR GENERAL DON
JOSÉ DE SAN MARTÍN, ubicado en calle Andrés Costa s/Nº - Bº Pueblo
La Carolina – Localidad de Noetinger – Departamento Unión – Provincia
de Córdoba”, suscripta el día 27 de mayo de 2016, entre el Secretario de

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