Resolución Nº 452/GCABA/APRA/17

FirmantesFilgueira Risso
EmisorAGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL LEY 2628

VISTO:

Las Leyes N° 471 y N° 2.628 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos N°

638/GCABA/07 y sus modificatorios, N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios y N°

37/GCABA/16, la Resolución N° 446/MHGC/16, el Expediente Electrónico N° 2017-

24116750-MGEYA-DGTALAPRA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó la Agencia

de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628 (texto consolidado

por Ley N° 5.666), la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el

señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido, por Decreto N° 37/GCABA/16 se designó al Dr. Juan Bautista

Filgueira Risso como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental;

Que conforme lo establecido en el inciso b) del artículo 8° de la Ley N° 2.628 (texto

consolidado por Ley N° 5.666), dentro de las funciones de la Presidencia se encuentra

la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia;

Que por Decreto N° 638/GCABA/07 y sus modificatorios, se delegó a los señores

Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel

equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de

Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las

modificaciones correspondientes en cada caso;

Que por su parte, mediante el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se

aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y se instituyó el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las

Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que posteriormente, por Resolución N° 446/MHGC/16, se estableció que el excedente

de unidades retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos

de los artículos 7° y 8° del Decreto N° 363/GCABA/15, podrán ser administrados como

suplemento de gabinete;

Que a través de la...

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