Resolución Nº 452/GCABA/APRA/17
Firmantes | Filgueira Risso |
Emisor | AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL LEY 2628 |
VISTO:
Las Leyes N° 471 y N° 2.628 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos N°
638/GCABA/07 y sus modificatorios, N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios y N°
37/GCABA/16, la Resolución N° 446/MHGC/16, el Expediente Electrónico N° 2017-
24116750-MGEYA-DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó la Agencia
de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628 (texto consolidado
por Ley N° 5.666), la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el
señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este sentido, por Decreto N° 37/GCABA/16 se designó al Dr. Juan Bautista
Filgueira Risso como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental;
Que conforme lo establecido en el inciso b) del artículo 8° de la Ley N° 2.628 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), dentro de las funciones de la Presidencia se encuentra
la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia;
Que por Decreto N° 638/GCABA/07 y sus modificatorios, se delegó a los señores
Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel
equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de
Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las
modificaciones correspondientes en cada caso;
Que por su parte, mediante el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se
aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y se instituyó el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las
Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que posteriormente, por Resolución N° 446/MHGC/16, se estableció que el excedente
de unidades retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos
de los artículos 7° y 8° del Decreto N° 363/GCABA/15, podrán ser administrados como
suplemento de gabinete;
Que a través de la...
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