Resolución N° 45 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorDirección de Prevención de Accidentes de Transito
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 217
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ser extendido por todo “Instalador Electricista Habilitado – Categoría III”
que intervenga en relación a instalaciones existentes, ya sea de usuarios
que internamente generen o no su propia energía eléctrica y se vinculen
a la red de distribución, siempre que se trate de instalaciones destinadas
a viviendas unifamiliares y/o pequeñas instalaciones comerciales o indus-
triales, como así también cuando corresponda a instalaciones de uso cir-
cunstancial y de carácter provisorio, en todos los casos en baja tensión y
con potencia máxima no mayor a diez kilowatt (10 kW); conforme al modelo
que se incorpora como Anexo V de la presente. Dicho certicado deberá
ser extendido por triplicado (original para ser presentado por el solicitante
del servicio ante la distribuidora, duplicado para quedar en poder del soli-
citante y triplicado para el instalador).
ARTÍCULO 6º: En lo que no haya sido modicado por la presente Re-
solución y sus Anexos, continúa vigente lo dispuesto por las Resoluciones
Generales ERSeP N° 26/2015 y 05/2016 y sus respectivos Anexos.
ARTICULO 7°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Ocial de la Provincia y archívese.-
FDO: DR. MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE / LUIS ANTONIO SANCHEZ,
VICEPRESIDENTE / ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR / WALTER SCAVINO,
DIRECTOR / DR. FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR / DRA. MARÍA FER-
NANDA LEIVA, DIRECTOR
ANEXO: https://goo.gl/YTodiR
MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución N° 105
Córdoba, 1 de noviembre de 2016.-
VISTO:
La Resolución del Ministerio de Trabajo de la Provincia N° 082 de fecha
15 de Agosto de 2014 por la que se dispuso la mecánica de expendio de
Libretas de Trabajo del Transporte Automotor de Pasajeros de la Provincia
de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que desde la puesta en práctica de la citada Resolución se ha verica-
do que el expendio de Libretas de Conductor de Transporte Automotor de
Pasajeros, para los trabajadores y empleadores no comprendidos en los
Convenios Colectivos de Trabajo que sea signataria la Asociación Obrera
de la Industria del Transporte Automotor (AOITA), ha redundado en un des-
gaste administrativo y mayor costo operativo innecesario.
Que resulta indispensable proveer a la reducción de gastos, máxime
cuando se encuentran vinculados a un servicio que no ha tenido repercu-
sión entre los administrados y a su vez es brindado por particulares a su
cargo.
Que para el mejor cumplimiento de las funciones inherentes a esta
Cartera de Estado es aconsejable que la Autoridad de Aplicación se limite
a su función scalizadora, descansando en los particulares la venta del
soporte en papel sobre el que se efectúa la misma.
Es por ello, que en el ejercicio de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: DERÓGUESE la Resolución del Ministerio de Trabajo
de la Provincia N° 082/2014 en todas sus partes.-
ARTÍCULO 2°: RATIFÍQUESE la vigencia de las disposiciones pre-
vistas en la Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la
Nación (M.T.S.S.N.) N° 017/1998 y la Resolución del Ministerio de Trabajo
de la Provincia N° 060/2013, como así también las obligaciones que dichas
normas imponen.-
ARTÍCULO 3°: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial,
comuníquese, notifíquese al Ministerio de Finanzas y archívese.-
FDO: OMAR HUGO SERENO, MINISTRO DE TRABAJO
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 45
Córdoba, 27 de octubre de 2016
VISTO:
El expediente N° 0458-048645/2016, en el que el intendente de la
Municipalidad de la localidad de Embalse solicita reconocimiento y habi-
litación de Juez Administrativo Municipal de Faltas para el tratamiento de
las Actas de Infracción labradas por personal dependiente de la Dirección
General de Policía Caminera.
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5° de la Ley Provincial de Tránsito No 8560, T.O. 2004,
dene como Autoridad de Juzgamiento y Aplicación de Sanciones la que
determina el Código de Faltas de la Provincia, la Autoridad Municipal o
Comunal en las jurisdicciones que adhieran a las disposiciones de la Ley y
su Reglamentación.
Que el Artículo 5° del Decreto 318/07, establece que la Dirección de
Prevención de Accidentes de Tránsito procederá a la habilitación y registro
de los Jueces que se desempeñarán como Autoridad de Juzgamiento y
aplicación de sanciones en el tratamiento de las Infracciones a la Ley Pro-
vincial de Tránsito N° 8560.
Que obra en autos Decreto N° 30/2016 del Departamento Ejecutivo
Municipal de la localidad de Embalse, por el que se designa a la Dra. Rami-
rez Julieta Valeria, DNI: 33.494.940, en calidad de Juez Administrativo Mu-
nicipal de Faltas con competencia exclusiva y excluyente en el tratamiento
de las Actas de Infracción labradas por personal de la Dirección General de
Policía Caminera.
Que en virtud de ello, corresponde a esta Dirección, en calidad de

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