Resolución N° 445/CDNNYA/21

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 445/CDNNYA/21
Buenos Aires, 27 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 1/20, N° 8/20, N° 12/20, N° 15/20, N° 17/20 y N° 5/21, los
Decretos N° 433/16 y N° 147//20, las Resoluciones de Firma Conjunta N° 7-GCABA-
MJGGC/20 y N° 294-GCABA-MHFGC/20, la Disposición N° 359-GCABA-DGCYC/20,
el Expediente Electrónico N° 07564846-GCABA- DGLTACDN/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que el día 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró
que el coronavirus COVID-19 constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes,
haciendo un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y
solidaridad;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia
sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 15 de junio
de 2020, la que posteriormente fue prorrogada por los Decretos de Necesidad y
Urgencia N° 8/20, N° 12/20, N° 15/20, N° 17/20 y N° 5/21, a los fines de atender y
adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del
contagio en la población del coronavirus COVID-19;
Que por la Resolución de Firma Conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20 se determinó que
el Consejo de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes debe ser considerado un
área cuyos servicios resultan esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la
Administración Pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente,
conforme lo normado por el artículo 3° del Decreto N° 147/20;
Que, asimismo, mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 294-GCABA-
MHFGC/20 se estableció que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la
Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente de la Subsecretaría de
Gestión Operativa, será el encargado de la coordinación de las adquisiciones de los
bienes y de la contratación de los servicios relacionados con la emergencia sanitaria;
Que por la Disposición N° 359-GCABA-DGCYC/20 se establecieron los procesos y
requisitos que colaboren en el fortalecimiento del sistema de compras y
contrataciones, teniendo en cuenta la tarea encomendada por la Resolución de Firma
Conjunta N° 294-GCABA-MHFGC/20 a la Dirección General de Compras y
Contrataciones;
Que por el Decreto N° 433/16 se delegaron las facultades para la aprobación de
gastos de imprescindible necesidad cuando se trate de operaciones impostergables,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6115 - 03/05/2021

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