Resolucion N° 445 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 85
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 5 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 1129
Córdoba, 31 de agosto de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-118391/2014 y su agregado por cuerda oja
N° 0109-49939/99 del registro del Ministerio de Educación,
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la reapertura de la Escuela
de Nivel Primario “JOSE DE SAN MARTIN” de Colonia Cocha -Departa-
mento Santa María- dependiente de la Dirección General de Educación
Primaria -Ministerio de Educación-.
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de brindar dicho ser-
vicio educativo a un sector de la población infantil perteneciente a familias
ancadas en el lugar y alrededores.
Que obra en autos la Resolución Nº 047/2014 de la Inspección General
dependiente de la referida Dirección, transriendo un (1) cargo de Director
Escuela Primaria de Tercera (13 265), para el establecimiento cuya reaper-
tura se propicia.
Que por Resolución N° 0066/2015 emanada de la entonces Dirección
General de Nivel Inicial y Primario, se dispuso “ad referendum” de la supe-
rioridad, convalidar la reapertura del servicio educativo en cuestión.
Que surge de lo actuado en autos que la aludida escuela funciona de
hecho desde el 18 de marzo de 2014.
Que se han merituado todos los aspectos políticos y técnicos que ha-
cen a la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la reapertura que se
gestiona, debiendo concluirse en que están dadas las condiciones para
disponer tal medida en esta instancia, al amparo de lo establecido en el art.
3° del Decreto 41009/A/38, en la Ley Nº 9870 y en ejercicio de las faculta-
des conferidas por los artículos 62 y 63 de la Constitución Provincial.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las ocinas técni-
cas intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procu-
rado, a n de regularizar así la situación planteada.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Area Jurídica del Ministerio de Educación bajo el N° 2382/2015, y por
Fiscalía de Estado con el N° 164/2016, y en uso de atribuciones constitu-
cionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. DISPÓNESE, a partir de la fecha del presente instru-
mento legal, la reapertura de la Escuela de Nivel Primario “JOSE DE SAN
MARTIN” de Colonia Cocha -Departamento Santa María- dependiente de
la Dirección General de Educación Primaria -Ministerio de Educación-, y
CONVALÍDANSE los servicios educativos prestados por la misma desde
el 18 de marzo de 2014.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACION - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 445
Córdoba, 20 de abril de 2017
VISTO: Los Trámites Nros. DEIP01-673302050-215, DEIP01-190481050-
515, SDEE01-739206132-015, DEIP01-330240050-415 y DEIP01-
179400050-615 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:Que a través de los mismos se sustancian actuacio-
nes referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del benecio
previsional presentadas por personal docente dependiente de este Minis-
terio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, me-
diante las cuales se otorgó a los peticionantes el benecio previsional co-
rrespondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los intere-
sados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma denitiva, las renuncias presentadas por
personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el
Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento
legal, a partir de las fechas que en cada caso se especica, para acogerse
a los benecios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones
emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/Fuh8iN
Resolución N° 443
Córdoba, 20 de abril de 2017
VISTO: Los Trámites Nros. DEIP01-498000050-715, DEIP01-330736050-
915, DEIP01-178278050-015, DEIP01-535889050-215 y ME01-549299098-
715 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las

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