Resolución N° 444

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 229
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma denitiva, las renuncias presentadas por
personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el
Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento
legal, a partir de las fechas que en cada caso se especica, para acogerse
a los benecios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones
emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
ANEXO: https://goo.gl/CY64rk
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 444
Córdoba, 17 de Noviembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0135-032733/2016 en que el Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales propicia ajustes en la distribución de los Recur-
sos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administra-
ción Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que lo solicitado tiene su fundamento en la necesidad de adecuar los
créditos presupuestarios de la categoría programática 503-000 Viviendas,
Infraestructura y Equipamiento Comunitario y en virtud de la recepción de
fondos en concepto de los convenios rmados N° 273, 79, 80, 81, 82, 83,
84, 85,86 ,91 y 93, todos del año 2016, por el que Nación asistirá eco-
nómicamente a la Provincia para la construcción de viviendas, urbaniza-
ción de barrios vulnerables y mejoramiento del hábitat, por un importe de
$108.000.000.-
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes de acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por
la presente, está limitada a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de
Administración Financiera; en donde se determina que solo se pueden
comprometer las obligaciones hasta el límite de la percepción efectiva de
los recursos afectados.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al N° 810/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros
del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de
conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación
de Crédito Presupuestario (Recticación) N° 78 del Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales el que como Anexo I con una (1) foja útil forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/I3Ojtx
Resolución N° 443
Córdoba, 17 de Noviembre de 2016
VISTO:
El expediente 0311-005504/2016 en que el Ministerio de Industria,
Comercio y Minería, propicia ajustes en la distribución de los Recursos
Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario del Progra-
ma 003-000 “Aportes a Agencia Córdoba Turismo SEM” Partida 06020200
“Transferencias a Organismos de la APNF para Gastos de Funcionamiento”,
por un importe de $ 11.834.000.- y Partida 10020000 “A Organismos que
Integran la APNF”, por un importe de $ 13.764.000.-.
Que las modicaciones propuestas encuadran en las disposiciones
legales vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 815/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros
del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de
conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación
de Crédito Presupuestario N° 55 del Ministerio de Industria, Comercio y
Minería, el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante
de la presente Resolución.

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