Resolución N° 442 - Letra:A

EmisorMinisterio de Gestión Pública
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2014
CÓRDOBA, 1º de abril de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 60 Primera Sección 5
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General
Ordinaria, celebrada con fecha 20 de febrero de 2014, modificando los artículos N° 14,15, 22 y 25
de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL TRANSPORTE DE CARGAS DE SAN
MARCOS SUD”, CUIT N°30-70768222-8, con asiento en la Localidad de San Marcos Sud,
Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N° 085
”A”/13 del 26 de Marzo de 2013..-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 442 - Letra:A
Córdoba, 3 de diciembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-107212/2013, mediante el cual la Entidad Civil denominada
“CENTRO DE ENTRENAMIENTO CRISTIANO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita aprobación de la Disolución y Liquidación, resuelta por Asamblea General
Extraordinaria celebrada el 04 de Setiembre de 2013.-.
Y CONSIDERANDO:
Que según lo informado por el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones la Entidad
cuenta con Personería Jurídica otorgada por Resolución N° 488 “A”/2000 de fecha 24 de noviembre
de 2.000.- .
Que en virtud de las facultades conferidas por el Estatuto Social se resolvió la Disolución de la
entidad de marras, en razón del estado de situación institucional, se procedió a la disolución y
liquidación de la misma, obrando a fs. 5 la aprobación por Asamblea. Que atento las constancias
obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, estatutarios y legales con relación a
la Reunión Extraordinaria celebrada el 06 de Octubre de 2014, en la cual solicitan la aprobación
de la Disolución y Liquidación de la Entidad Civil denominada “CENTRO DE ENTRENAMIENTO
CRISTIANO INTERNACIONAL ASOCIACION CIVIL“, CUIT Nº 30-70746988-5, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Que se manifiesta que a F.U..14 fs.2 el CENTRO DE ENTRENAMIENTO CRISTIANO , hizo
entrega de los bienes y los libros societarios al CENTRO DE ENTRENAMIENTO CRISTIANO
INTERNACIONAL ASOCIACION CIVIL,(CUIT 30-70917311-8) las autoridades del mismo se
comprometen a conservar los libros societarios entregados.
En consecuencia y conforme a las facultades conferidas por la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Disolución y Liquidación resuelta en Asamblea Extraordinaria
“CENTRO DE ENTRENAMIENTO CRISTIANO” de fecha 06 de Octubre de 2014, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º.- CANCELAR en el Registro de Asociaciones Civiles y Fundaciones la Personería
Jurídica oportunamente otorgada mediante Resolución N° 488 “A”/2000 de fecha 24 de Noviembre
de 2000.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de
Córdoba y vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el Registro
pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 443 - Letra:A Córdoba, 3 de diciembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-115625/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada “SO-
NAR Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “SONAR Asociación
Civil”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 444 - Letra:A Córdoba, 3 de diciembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-112468/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACIÓN ATENEA VDC – (Villa Dolores Córdoba)”, con asiento en la Ciudad de Villa Dolores,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “FUNDACIÓN
ATENEA VDC – (Villa Dolores Córdoba)”, con asiento en la Ciudad de Villa Dolores, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 445 - Letra:A
Córdoba, 3 de diciembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-115020/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE JESUS MARIA”, con asiento en la Ciudad de
Jesús María, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma General del Estatuto, dispuesta
en Asamblea Extraordinaria con fecha 7 de Octubre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales,
fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 7 de
Octubre de 2014 por la Entidad Civil denominada “SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS
DE JESUS MARIA”, CUIT N°30-67869697-4 , con asiento en la Ciudad de Jesús María, Provincia
de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma General del Estatuto, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR