Resolución Nº 442-i-2008

EmisorInstituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2008

RESOLUCIÓN Nº 442-I-2008

Mendoza, 5 de agosto de 2008

Visto el expediente Nº 576-I-08-02627, en el cual se tramita la modificación al actual organigrama funcional del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMen), establecido por Resolución Nº 088-I-97 y sus modificatorias Nros. 239-I-01, 058-I-02, 304-I-03, 307-I-03, 18-I-04, 266-I-05, 306-I-006, 045-I-07, 563-I-07, y 025-I-08, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las competencias que el ISCAMen tiene asignadas en virtud de la Ley Nº 6333, Decreto Nº 1508/96 y sus modificatorias y demás normas complementarias, resulta necesario modificar la estructura orgánico-funcional de este Instituto, con el fin de adaptarla a lo dispuesto por el Decreto Nº 1216/08 y permitir el pleno cumplimiento de las funciones que por ley le han sido asignadas;

Que por el citado decreto se creó la Dirección de Sanidad de este Instituto y se asignaron las funciones de la Presidencia del mismo al Director Interino designado por su Artículo 5º, hasta tanto se proceda conforme con lo establecido por el Artículo 21º de la Ley Nº 6333;

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 1201/98 se derogó el Artículo 15º del Decreto Acuerdo Nº 889/96, que dispuso la supresión de las dos Direcciones de Sanidad y Administrativa que originariamente conformaban el Directorio del ISCAMen;

Que se crea un área de Supervisión Administrativa cuyo objetivo principal será la supervisión de los distintos proyectos de documentos a suscribir y la coordinación de las diversas actividades con todos los sectores administrativo-contables del Instituto;

Que con el objeto de establecer una más fluida información sobre los programas que tiene a su cargo este Instituto y sobre las distintas áreas de apoyo ya establecidas, se crea una Secretaría Técnica, que servirá de enlace entre los Programas operativos del ISCAMen, los mencionados sectores y la Presidencia y que teniendo en cuenta, el conocimiento que esta área tendrá sobre la totalidad de las actividades que se lleven a cabo en el Instituto, se le pueden asignar además temporaria-mente la atención del despacho de la Presidencia del Instituto en ausencia del funcionario a cargo de la misma;

Que en el marco de lo expuesto precedentemente, se considera necesario proceder a rees-tructurar la actual área de Recursos Humanos, desvinculán-dola de la Asesoría Legal de la Institución, ampliando sus actividades;

Que además se han creado y redefinido áreas de apoyo tales como Secretaría Administrativa y Mantenimiento y Movilidad;

Por ello, conforme con lo dictaminado por Asesoría Legal y las competencias establecidas en virtud de lo dispuesto por los Artículos 27º Inc. e) de la Ley Nº6333 y 22º Inc. a) y 23º Incs. a) y g) y la última parte de este artículo del Decreto Nº1508/96 y mod. y Decreto Nº 1216/08,

El Director de Sanidad Interino del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMen)

a cargo de las Funciones de la Presidencia

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifíquese el "Organigrama Funcional" del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men) establecido por Resolución Nº088-I-97 y sus modificatorias (Nros. 239-I-01, 058-I-02, 304-I-03 , 307-I-03, 18-I-04, 266-I-05, 306-I-006, 045-I-07, 563-I-07, y 025-I-08) y establézcase a partir de la fecha de publicación de esta resolución el que como Anexo I forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º

Modifíquese el "Manual de Funciones" del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men" aprobado en último término por la Resolución Nº 045-I-07, conforme se indica en el Anexo II que forma parte de la presente resolución y establézcase su vigencia a partir de la fecha de publicación de esta resolución.

Artículo 3º

Deróguese la Resolución Nº 045-I-07.

Artículo 4º

Esta resolución tendrá vigencia a par-tir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Artículo 5º

Regístrese, publíquese y archívese.

Lorenzo C. Ferretjans

Director de Sanidad

a/c. Presidencia ISCAMen

________

ANEXO II

MANUAL DE FUNCIONES ISCAMen

I - PRESIDENCIA

Su función principal es la conducción del ISCAMEN; con las funciones y atribuciones asignadas legal y reglamentaria-mente de acuerdo con los Artículos 22º y 27º de la Ley Nº 6333 y 22º y 23º del Decreto Nº 1508/96.

Actualmente conforme con lo dispuesto por el Artículo 7º del Decreto Nº 1216/08.

FUNCIONES

Serán funciones principales del Presidente:

  1. Conducir el Instituto en función de la finalidad, objetivos y contenidos en la Ley Nº 6333.

  2. Ejercer la representación legal, administrativa y técnica del Instituto.

  3. Ejercer el Control de la administración de los bienes patrimoniales asignados al Instituto.

  4. Cumplir y hacer cumplir las normas legales en la materia.

    ATRIBUCIONES

  5. Disponer todos los actos y tomar todas las resoluciones necesarias para el normal funcionamiento del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN).

  6. Resolver y aplicar las penalidades que corresponda imponer por incumplimiento de la Ley Nº 6333, o de cualquier otra norma que emane del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN), o de las leyes que, conforme con lo dispuesto por el Artículo 18º Incisos c), d), e) y f) de la Ley Nº 6333, correspondan aplicar al mencionado Organismo.

  7. Adoptar medidas de urgencia cuando las circunstancias no admitan dilación, cuando sean materia de su competencia.

  8. Disponer las inspecciones técnicas y administrativas, sumarios, y demás medidas que estime necesarias para el buen funcionamiento del Instituto y el control de las inversiones, recaudaciones y equipos del Organismo.

  9. Firmar contratos, órdenes de pago, comunicaciones oficiales, resoluciones y todo otro documento que requiera su intervención.

  10. Autorizar las contrataciones y adquisiciones en la forma y por el monto, que establezcan las normas legales vigentes en la materia.

  11. Proponer las designaciones y ascensos de los empleados del Organismo.

  12. Suscribir en forma conjunta con el Habilitado del Organismo o funcionario que corresponda, los cheques que se libren.

  13. Conferir mandatos en representación del Directorio para tramitaciones judiciales y/o administrativas, debiendo los poderes recaer en profesionales de la abogacía o de la procuración.

  14. Suscribir convenios con entidades oficiales, privadas o mixtas, nacionales o internacionales en representación del Instituto.

    El Presidente a cargo, ejercerá todas las atribuciones asignadas al Directorio de acuerdo con la actual situación institucional del organismo, hasta tanto se constituya definitivamente el Directorio conforme con lo establecido por la Ley Nº 6333 y su Decreto Reglamentario Nº 1508/96.

    II - CONSEJO ASESOR

    REPRESENTANTE DE

    LA ACTIVIDAD PRIVADA

    FUNCIONES

    Las funciones de este Consejo son fijadas legal y reglamentariamente en el Artículo 34º Inciso b) de la Ley 6333 debiendo emitir dictamen previo, no vinculante sobre las resoluciones que tengan relación con los incisos b), d), g) e i) del Artículo 27º de la Ley Nº 6333 referidos a:

  15. La elaboración del proyecto de presupuesto, el plan anual de actividades del Instituto y en las contrataciones que éste realice.

  16. La Declaración del Estado de Emergencia Fitozoosanitaria, recomendando las contrataciones por locaciones de obra de personal y servicios de terceros, las compras de equipamiento y de todo otro gasto necesario para hacer frente a la misma.

  17. Determinación anual del valor de los aranceles por servicios y controles que se presten, los que posteriormente serán fijados anualmente en la Ley Impositiva Provincial.

    III - COMITÉ TECNICO CIENTIFICO DE SANIDAD VEGETAL

    FUNCIONES

    Este Comité estará constituido por representantes del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cuyo, así como, se podrá requerir la representación de otros organismos para asesorar al ISCAMen en todas las materias que hacen a la problemática de la sanidad y la calidad de los productos agropecuarios.

    Podrá emitir recomendaciones no vinculantes relativas a aspectos técnicos que hacen a la defensa sanitaria de Mendoza. Su actuación es ad honorem.

    IV - COMISIONES ZONALES FITOSANITARIAS

    FUNCIONES

    Podrán ser creadas en los distintos distritos de los oasis productivos de la Provincia con el fin de acercar a los productores y las entidades interesadas en la problemática sanitaria, para colaborar en la organización y coordinación de la lucha contra distintas plagas, desarrollarán su tareas ad honorem.

    V - SECRETARIA TECNICA

    OBJETIVO

    Apoyar a la Presidencia en el cumplimiento de los objetivos del ISCAMen y efectuar la coordinación técnica de los programas operativos.

    FUNCIONES:

    • Articular técnicamente las acciones de los distintos Programas del ISCAMen.

    • Promover la realización de convenios técnicos con otras instituciones de carácter local, nacional o interna-cional vinculados a los distintos programas.

    • Facilitar a los responsables de los Programas, la ejecución técnica de los mismos.

    • Verificar y evaluar la gestión de los Programas, así como el cumplimiento de planes de trabajo y metas fijadas, determinando la metodología a utilizar.

    • Generar nuevas líneas de trabajo en coordinación con instituciones técnicamente relacionadas.

    • A pedido de Presidencia del Instituto, organizar y convocar las reuniones coordinando los asuntos a tratar.

    • Quedar a cargo del Despacho del Instituto en caso de ausencia del Presidente.

    VI- SUPERVISIÓN

    ADMINISTRATIVA

    MISIÓN:

    Revisar los actos administrativos y verificar su encuadre legal, previo a su elevación a la firma del Presidente.

    FUNCIONES:

    • Apoyar y controlar la coordinación de actividades de tal manera que realicen en forma satisfactoria.

    • Determinar los procedimientos y acciones a seguir basándose en las necesidades de cada sector.

    • Verificar el encuadre normativo de los procedimientos administrativos.

    • Mejorar...

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