Resolución N° 44 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 17 de Marzo de 2017 |
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 13 de Marzo de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 53
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 17 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
mejor transitabilidad y seguridad; obteniendo mayor economía del trans-
porte para el usuario y para la Provincia, basado esto en un importante
ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecu-
ción, cómputo y certicación de los trabajos.
Que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certicación de
obra lo cual posibilitará una gran agilidad operativa, para la ejecución de
las mismas, como también realizar una serie de trabajos tendientes a una
consolidación denitiva del tramo y el aumento de la categoría funcional de
la vía.
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones
de caminos y la planimetría correspondiente, descripción de los Ítems del
Contrato, Presupuesto Ocial y Listado de Planos con la Descripción Téc-
nica de las tareas a realizar, lo que ha sido aprobado por el Directorio de la
Dirección Provincial de Vialidad mediante Resolución N° 1012/2016.
Que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra de la referida
Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios y el costo de
cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutarán a tra-
vés de los consorcios camineros subcontratistas integrantes del Consorcio
Caminero Regional Nº 05 de conformidad a la previsión del artículo 15 IV
ap. 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones
Que el citado Departamento maniesta que “…el Consorcio Caminero
Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser
el adjudicatario del presente contrato de obra en las redes sin pavimentar
aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas
redes”. “(…) éste modo de contratación, va a producir un signicativo ahorro
económico del proceso administrativo, celeridad, eciencia y ecacia, ba-
sado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para realizar
una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de los
efectos individuales”.
Que en autos el Presidente del Consorcio Caminero Regional N° 05
suscribe Acta de Conformidad, para la ejecución de la obra de marras por
la suma de $ 15.700.000,00 comprometiéndose a ceder los pagos corres-
pondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su
Regional.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2017/000149,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo
gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto
por el artículo 7, inc e) de la Ley Nº 8614, artículo 2 de la Ley Nº 6233,
artículo 42 de la Ley Nº 10.410, lo dictaminado por la Dirección General
de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
con el N° 698/2016,
por Fiscalía de Estado bajo el N°86/2017, y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Cami-
nero Regional Nº 05, la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 05 – DEPARTAMENTOS: CAPITAL – RÍO SEGUN-
DO – SANTA MARÍA - AÑO 2017”, por la suma de Pesos Quince Millones
Setecientos Mil ($ 15.700.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe -
sos Quince Millones Setecientos Mil ($ 15.700.000,00) a Jurisdicción 1.50,
Programa 504-006, Partidas 12.06.00.00 – Obras – Ejecución Por Terce-
ros – del Presupuesto Vigente Año 2017, conforme lo indica el Documento
Contable - Nota de Pedido N° 2017/000149.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad depen-
diente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
viene de tapa
Resolución N° 491 ................................................................ Pag. 15
Resolución N° 12 .................................................................. Pag. 17
Resolución N° 500 ................................................................ Pag. 18
Resolución N° 489 ................................................................ Pag. 19
Resolución N° 498 ................................................................ Pag. 20
Resolución N° 331 ................................................................ Pag. 21
Resolución N° 468 ................................................................ Pag. 22
Resolución N° 499 ................................................................ Pag. 23
Resolución N° 478 ................................................................ Pag. 25
Resolución N° 497 ................................................................ Pag. 25
Resolución N° 495 ................................................................ Pag. 27
Resolución N° 474 ................................................................ Pag. 28
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION
INICIAL
Resolución N° 44
Córdoba, 13 de marzo de 2017
VISTO: Que teniendo en cuenta que se ha llevado a cabo el Concurso de
Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura en carácter de TITU-
LAR de veinticinco (25) cargos de Directores de Centros Educativos de
Educación Inicial dependientes de esta Dirección General, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0116/16 emitida por esta Dirección General se
declaró “ad-referéndum” del Ministerio de Educación la vacancia en vein-
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