Resolución N° 439/CDNNYA/21

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.° 439/CDNNYA/21
Buenos Aires, 27 de abril de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 114, 471 y 6292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el
Decreto 463/19, el Expediente Electrónico N° 10563821-GCABA-DGRPJ/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se
creó en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Consejo de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, estableciéndose que goza de
autonomía técnica administrativa y autarquía financiera;
Que en virtud de la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se aprobó por
Decreto N° 463-GCABA-AJG/19 la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose el Consejo de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes bajo la órbita de Jefatura de Gobierno;
Que conforme lo dispuesto en el artículo 73 inc. a) de la Ley N° 471 (texto consolidado
por Ley N° 6.347), la relación de empleo público se extingue por renuncia del
trabajador;
Que, en tal sentido, el artículo 74 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que, según surge de los antecedentes, el agente Ávila, Sebastián Ariel, CUIL N° 20-
31343279-4, presentó su renuncia a su puesto de la planta permanente, a partir del
día 4 de marzo de 2021, Subdirección Operativa Residencias Socioeducativas de
Libertad Restringida, de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, del
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Jefatura de Gobierno;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el
plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo
prescripto en el artículo 74 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que en consecuencia procede dictar el acto administrativo pertinente en el sentido
antes expuesto;
Que la Dirección General de Concursos, Legales y Asuntos Previsionales del
Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Dirección General Legal Técnica y
Administrativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes han
tomado la debida intervención, conforme su competencia;
Que encontrándose vacante la presidencia de este Consejo, corresponde que la
señora Vicepresidente la reemplace en el ejercicio de sus funciones, de conformidad
con lo establecido por el artículo 56, inciso a), de la Ley N° 114 (texto consolidado por
Ley N° 6.347).
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, que le son conferidas por la Ley
N° 114 (texto consolidado Ley N° 6.347) y el Decreto 464-GCABA/19,
LA VICEPRESIDENTE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6115 - 03/05/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR